Adaptación de reglamentos tributarios de Bizkaia al Derecho Civil Vasco

Bizkaia adapta los reglamentos tributarios para acomodar su regulación  a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de derecho Civil Vasco, que introdujo importantes modificaciones en materia sucesoria y que afectan a ISD, ITP y AJD, IRPF, IP e IIVTNU.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 26 de julio de 2017, se ha publicado la DECRETO FORAL 92/2017de la Diputación Foral de Bizkaia, de 12 de julio, por el que se adaptan varios Reglamentos de carácter tributario a la Norma Foral 1/2017, de 12 de abril, de adaptación del sistema tributario del territorio histórico de Bizkaia a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

La referida Norma Foral 1/2017  introdujo modificaciones en el ISD, en el IRPF, en el ITP y AJD, en el IIVTNU y en la Norma Foral 7/2002, de 15 de octubre, de adaptación del Sistema Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del País Vasco, por lo que resulta necesario acomodar los reglamentos tributarios a esta nueva regulación.

En relación con el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se desarrolla la obligación del comisario de comunicar a la Administración tributaria las alteraciones producidas en el inventario de los elementos patrimoniales que formen parte de la herencia pendiente del ejercicio del poder testatorio, como consecuencia de los actos de disposición que se realicen por el cónyuge viudo o viuda o miembro sobreviviente de la pareja de hecho, cuando dichas alteraciones no impliquen el devengo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se introducen las peculiaridades de la tributación de la herencia pendiente de ejercicio de poder testatorio respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Además, se refuerzan las obligaciones de suministro de información, por lo que se reestablece la obligación de declarar en el Impuesto sobre el Patrimonio las herencias pendientes del poder testatorio.

Además se incorporan actualizaciones de referencias normativas en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e IRPF.