Suscripción al servicio de avisos de notificaciones

Suscripción al servicio de avisos de notificaciones

La AEAT ha puesto en marcha un  servicio para la recepción de avisos de notificaciones emitidas por el citado organismo, previa comunicación por el usuario de un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico. En todo caso el aviso no tiene la consideración de notificación, por lo que la no recepción del mismo no impedirá la plena validez de la notificación.

Personas físicas

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el contribuyente puede comunicar un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico a través de los cuales puede, si así lo desea, recibir avisos de las notificaciones emitidas por la Agencia Tributaria.

Para acceder a este servicio voluntario deberá disponer de Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico o de su número de referencia (obtenido a través del Servicio RENØ).

Como se ha señalado el aviso que reciba en ningún caso tendrá la consideración de notificación. Puede acceder a su notificación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico. Con el número de referencia no podrá acceder a la notificación. Sin perjuicio de lo anterior se enviará la notificación por correo postal.

En el supuesto de que, por motivos técnicos, no sea posible realizar el aviso, ello no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

El texto del aviso que usted recibirá, en caso de suscribirse a este servicio, es el siguiente:

“La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida al NIF XXX”

Por motivos de seguridad, solo se mostrarán algunos dígitos del NIF.

Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica

Los obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, de acuerdo con la Ley 39/2015, recibirán un aviso de la existencia de una notificación pendiente en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), siempre que hayan comunicado una dirección de correo electrónico.

Fuente: AEAT (13/10/2016)

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