Transmisiones temporales o coactivas de empresa: sucesión en las obligaciones tributarias

La forma más habitual de llevar a cabo la transmisión de una empresa es mediante un cambio de titularidad voluntario y permanente, como puede ser a través de una compraventa o de una donación, no obstante, existen otros negocios jurídicos menos frecuentes que implican una transmisión temporal de la titularidad empresarial, entre otros, al arrendamiento de negocio y al usufructo de empresa. Asimismo, en los últimos años, y como consecuencia de la crisis económica, se han producido transmisiones forzosas acordadas de forma imperativa por la Administración o por los órganos judiciales. En este trabajo nos centraremos en el análisis de estas operaciones para determinar si constituyen el presupuesto de hecho, o no, de la responsabilidad tributaria del artículo 42.1 c) de la Ley General Tributaria.

Palabras claves: arrendamiento de industria, usufructo de empresa, responsabilidad tributaria, sucesión empresarial y obligaciones tributarias.

Victoria Selma Penalva
Doctora en Derecho.
Profesora de Derecho Financiero de la Facultad de Derecho.
Universidad de Murcia

Sumario

1. Cuestiones preliminares
2. Transmisión voluntaria de la titularidad de una empresa

2.1. Arrendamiento de industria
2.2. El usufructo de empresa

3. Transmisión coactiva de la titularidad de una empresa

3.1. Transmisiones derivadas de una ejecución hipotecaria
3.2. El desahucio
3.3. La expropiación forzosa

4. Conclusiones

Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 405 (diciembre 2016)