El derecho de la Unión Europea y los sistemas tributarios de los entes territoriales

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea delimita los ámbitos en los que la UE tiene competencia exclusiva y aquellos en los que la competencia es compartida (arts. 3 y 4). Así, de manera indirecta, establece que serán los gobiernos nacionales los que tendrán competencia en materia fiscal, si bien la misma está limitada por varios elementos, tales como que la imposición indirecta está armonizada, o el hecho de que se exija que los Estados miembros ejerzan esa competencia sin crear obstáculos al ejercicio de las libertades que definen el mercado interior, entre otros.
Por tanto, en la realidad, la potestad tributaria de los gobiernos nacionales está limitada por el Derecho de la UE, limitación que se extiende a todos los niveles territoriales de los Estados miembros.
El presente artículo analiza tanto las competencias normativas sobre los tributos cedidos y los tributos propios establecidos por las comunidades autónomas que podrían suponer una vulneración del Derecho de la UE, como aquellos beneficios fiscales recogidos en la normativa tributaria local que podrían ser declarados contrarios a la normativa europea.

Palabras claves: competencia fiscal, Derecho europeo e imposición local.

Álvaro del Blanco García
Doctor en Derecho. Máster en Dirección Pública (IEF).
Subdirector ajunto del Instituto de Estudios Fiscales

Sumario

1. Introducción
2. Las libertades fundamentales y los sistemas tributarios de los entes territoriales

2.1. La incidencia de las libertades fundamentales en la competencia normativa de las comunidades autónomas sobre la imposición directa

2.1.1. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
2.1.2. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio

2.2. Los incentivos fiscales de las entidades locales y las libertades fundamentales: la exención de las personas físicas en el Impuesto sobre Actividades Económicas

3. Las ayudas de Estado y los sistemas tributarios de los entes territoriales

3.1. Los incentivos fiscales de los impuestos municipales y su posible incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado

3.1.1. El régimen de cooperativas y las sociedades agrarias de transformación en los impuestos locales
3.1.2. La bonificación establecida a favor de las empresas urbanizadoras, constructoras y de promoción inmobiliaria en el IBI
3.1.3. La bonificación establecida a favor de los bienes inmuebles de características especiales en el IBI
3.1.4. La bonificación a favor de actividades económicas, declaradas de especial interés o utilidad por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo
3.1.5. La exención del ICIO a favor de las obras de la Iglesia católica
3.1.6. El régimen fiscal especial de Telefónica

3.2. Las ayudas de Estado y los tributos propios de las comunidades autónomas: los impuestos sobre grandes superficies comerciales y los impuestos sobre emisiones atmosféricas

3.2.1. Los impuestos sobre grandes superficies comerciales
3.2.2. Los impuestos sobre emisiones atmosféricas

4. Las directivas europeas y las competencias normativas de las comunidades autónomas en la imposición indirecta

4.1. El Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos
4.2. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 398 (mayo 2016)