El procedimiento de comprobación limitada: la comprobación del valor de enajenación de títulos no cotizados

La comprobación de valores constituye uno de los temas más controvertidos en la gestión tributaria. Dicha comprobación ha de realizarse mediante la utilización de los medios previstos en la Ley General Tributaria. Este artículo analiza la determinación del valor de las participaciones de entidades no cotizadas en mercados organizados por parte de la Administración tributaria y dentro del procedimiento de comprobación limitada. Procedimiento que no habilita a la Administración a determinar el valor de las citadas participaciones cuando sea necesario examinar la contabilidad mercantil.

Palabras claves: comprobación de valores, medios de comprobación, elección del medio adecuado y examen de la contabilidad mercantil.

Jesús Félix García de Pablos
Doctor en Derecho.
Profesor de Derecho Tributario. UNED

Sumario

I. Introducción
II. El procedimiento de comprobación limitada
III. La comprobación del valor de enajenación de valores no cotizados en el procedimiento de comprobación limitada

A) Examen y valoración de los estados contables por los órganos de gestión tributaria en un procedimiento de comprobación limitada
B) Incorporación al expediente de los datos contables completos en virtud del correspondiente requerimiento
C) Necesidad de incluir el derecho a la solicitud de la tasación pericial contradictoria

IV. Conclusiones

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 410 (mayo 2017)