La contabilidad de los convenios concursales

El presente artículo desarrolla el tratamiento de la información contable derivada de los acuerdos establecidos entre acreedores y empresas en situación de crisis. Los cambios acontecidos en el marco legal español que regula las situaciones concursales (Ley 22/2003) y en las normas contables (aplicación de las NIC-NIIF y Plan General de Contabilidad de 2007), conllevan cambios respecto de la forma de contabilizar aquellas situaciones con relación a las normas legales reformadas. Además de la contabilización de los clásicos convenios de «quita» y de «espera», se aborda el tratamiento contable de otros convenios referentes a las «reestructuraciones financieras» (conversión y transmisión de créditos) y a las «reestructuraciones empresariales» (fusión, escisión, cesión global de activos y pasivos, etc.).

PDF FileComprar artículo

Sumario

1. Introducción.

1.1. Los convenios concursales.
1.2. Los sistemas contables básicos.

2. Convenios de quita y de espera.

2.1. Concepto económico-jurídico de la quita y de la espera.
2.2. Contabilización conforme con el sistema contable anterior.
2.3. Contabilización conforme con el sistema actualmente en vigor.

3. El pago a los acreedores del convenio.

3.1. El pago en efectivo a los acreedores.
3.2. Los pagos en especie.

4. Convenios de reestructuración financiera.

4.1. Convenios de conversión de créditos en participativos.
4.2. Convenios de conversión de créditos en capital.
4.3. Conversión de créditos en cuentas en participación.
4.4. Conversión de créditos en atípicos e instrumentos financieros compuestos.
4.5. Cesión y subrogación de créditos.

5. Convenios de reestructuración empresarial.

5.1. Fusión y escisión.
5.2. Cesión global del activo y del pasivo.

6. Convenios con otros contenidos diversos.

PDF FileComprar artículo