Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Costa Rica

En el BOE del día 1 de enero de 2011, se ha publicado  el Convenio entre España y Costa Rica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y Protocolo, hecho en Madrid el 4 de marzo de 2004.

El mencionado Convenio ha entrado en vigor el 15 de diciembre de 2010 y se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes con ocasión de la exacción de los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales (cualquiera que sea el sistema de su exacción).

Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular:

  1. En España:

    i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas;
    ii) el Impuesto sobre Sociedades;
    iii) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes,
    iv) el Impuesto sobre el Patrimonio; y
    v) los impuestos locales sobre la renta y sobre el patrimonio;

  2. En Costa Rica:

    i) los Impuestos sobre la Renta; y
    ii) los Impuestos sobre el Patrimonio.

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