Cambio de criterio en la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual
Enviado por Editorial el Mar, 25/05/2021 - 09:31Nuevo criterio en la aplicación del régimen transitorio para casos de extinción del condominio sobre la vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013.
Con efectos desde 1 de enero de 2013, se ha suprimido el apdo. 1 del art. 68 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF) que regulaba la deducción por inversión en vivienda habitual, suprimiendo, en consecuencia, dicha deducción. No obstante, se ha añadido la disp. trans. decimoctava en la Ley IRPF que regula un régimen transitorio que permite practicar dicha deducción a aquellos contribuyentes que cumplan determinados requisitos.