Establecimiento del tipo de gravamen autonómico del IVMDH en la Comunidad Autónoma de Cantabria

En fecha de 1 de junio de 2012 se ha publicado, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En ella, y en virtud de lo dispuesto en el art. 9.Diez.3 de la Ley 24/2001 (Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social), la Comunidad Autónoma aprueba el tipo autonómico de gravamen del IVMDH que será el que sigue:

a) Gasolinas: 48 euros por 1.000 litros.
b) Gasóleo de uso general: 48 euros por 1.000 litros.
c) Fuelóleo: 2 euros por tonelada.
d) Queroseno de uso general: 48 euros por 1.000 litros.

Además, se establece el tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional que será de 48 euros por 1.000 litros.

Por otro lado y, tal y como establece la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en su Disposición Final Tercera, los nuevos tipos estarán vigentes desde el 2 de junio de 2012.