Estatal

Aprobación del modelo 221 “Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la administración tributaria”

Como es conocido, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (Ley 48/2015, de 29 de octubre), introdujo en la Ley 27/2014, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, la disposición adicional decimotercera, en la que se estableció un nuevo pago denominado “Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria”, estando obligados a ello los contribuyentes del impuesto sobre sociedades que tengan  registrados activos por impuesto diferido y pretendan  tener el derecho establecido en el artículo 130 de la misma respecto de dichos activos, siendo opcional la aplicación de este régimen.

Ejercicio de opciones en junio en relación con el suministro inmediato de información (SII): Real Decreto 259/2017, de 26 de mayo

Los sujetos pasivos acogidos exclusivamente al régimen especial simplificado en 2017 no pueden optar por aplicar el sistema de SII y los inscritos en el REDEME y las entidades que apliquen el régimen especial del grupo de entidades podrán solicitar la baja en el REDEME o la renuncia a la aplicación del régimen especial, presentando la solicitud en el modelo 036 hasta el día 15 de junio de 2017 inclusive, con efectos a partir de 1 de julio de 2017.

I. Régimen simplificado y SII

En el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, por el que se modificaba el Reglamento del IVA (RIVA) y se regulaba el sistema de SII, no se preveía la exclusión de su ámbito subjetivo de aplicación respecto de los sujetos pasivos que aplicasen el régimen especial simplificado de IVA, o lo que es lo mismo, se interpretaba que estos sujetos pasivos podían optar por aplicar el sistema de SII. No resultaba lógica tal posibilidad, dada la singularidad del régimen especial y las modificaciones que a partir de 2018 se van a producir, como es la reducción del límite de ingresos y gastos para quedar dentro del perímetro objetivo de aplicación del régimen especial.

Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por otro Real Decreto de 24 de marzo de 2006.

La Junta Arbitral es el órgano encargado de resolver las discrepancias y conflictos entre la Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra, o entre esta última y otra Comunidad Autónoma, sobre la aplicación de los puntos de conexión de los tributos convenidos, la interpretación y aplicación del Convenio a casos concretos o respecto a la domiciliación de contribuyentes.

Principales aspectos de la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, que desarrolla el suministro inmediato de información (SII)

Durante los últimos meses, y a buen seguro que como poco a lo largo de este año 2017, está en el centro de la atención fiscal de todos los empresarios o profesionales la obligación de suministrar información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de la facturación que expiden o reciben, pues aunque no se encuentren en el ámbito subjetivo de aplicación del nuevo sistema, les puede afectar de manera importante. Sin perjuicio de que el legislador quiere destacar que se pone a disposición de los empresarios o profesionales una notable herramienta de asistencia al contribuyente, no cabe duda que tras ello se encuentra la loable lucha contra el fraude que debe perseguir en todo momento la Administración tributaria, pero también un incremento en las obligaciones que la gestión del impuesto sobre el valor añadido (IVA) impone a los empresarios o profesionales, y esta adaptación al sistema que se instaura puede suponer también el aumento de los costes de esta gestión.

Publicados los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016

Aprobación de los modelos 200 y 220 de declaración del IS e IRNR 2016 e instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y establecimiento de las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

La Orden HFP/399/2017, de 5 de mayo (BOE de 9 de mayo y en vigor el día 1 de julio de 2017), aprueba los modelos 200 y 220 de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, para adaptarlos a los cambios introducidos durante ese período por diferentes disposiciones normativas publicadas.

Actividades agrícolas y ganaderas: reducción para 2016 de determinados índices en el método de estimación objetiva del IRPF

Como es habitual todos los años por estas fechas, se ha publicado la Orden HFP/377/2017, de 28 de abril (BOE de 4 de mayo y corrección de errores de 31 de mayo), que reduce para el período impositivo 2016 los índices de rendimiento neto en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Así, en el artículo único de dicha orden, se procede a aprobar la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2016 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas (las reducciones se engloban en un anexo, en el cual las mismas se agrupan por Comunidades Autónomas, Provincias, ámbitos territoriales y actividades).

Aprobado el modelo de representación para el suministro electrónico de registros electrónicos de facturación en sede electrónica de la AEAT

Aprobación del modelo normalizado válido para la acreditación de la representación en el procedimiento de suministro electrónico de registros de facturación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros.

El citado modelo ha sido aprobado por la Resolución de 13 de marzo de 2017 (BOE de 24 de marzo y en vigor a partir del 25 de marzo) de la Dirección General de la AEAT, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2 de la Ley General Tributaria, y la necesidad de su aprobación viene motivada por la obligación de llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural de acuerdo con el artículo 71.3 del Reglamento del IVA, o la opción para el resto de sujetos pasivos que lo deseen.

Novedades en los modelos de Renta y Patrimonio 2016

La campaña de Renta arranca el 5 de abril con la generalización del borrador de declaración a todos los contribuyentes

Un año más a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones  fiscales con respecto a los impuestos mencionados, y para ello en el BOE de 23 de marzo se ha publicado la Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo -en vigor a partir del 24 de marzo-, que aprueba los modelos de declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio, ejercicio 2016 -que deben utilizar tanto los contribuyentes obligados a declarar en el referido ejercicio por uno, otro o ambos impuestos, como los contribuyentes del IRPF no obligados a declarar que soliciten la devolución derivada de la normativa del citado tributo que, en su caso, les corresponda- determina el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, establece los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador de declaración del IRPF, y determina las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, que regula los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

Pagos fraccionados IS: Aprobados nuevos modelos 202 y 222

La Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo (BOE de de marzo y correcciones de 20 de abril), aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades en régimen de consolidación fiscal y establece las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Valor de negociación medio del 4.º trimestre de 2016 de los valores negociados en mercados organizados a efectos del impuesto sobre el patrimonio

Próximo el comienzo del plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondiente al ejercicio 2016 y de la declaración, por parte de las entidades depositarias de valores mobiliarios, de la declaración informativa anual acerca de la valoración de las acciones y participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades jurídicas y de los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados ambos en mercados organizados (modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas aprobada por Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre), la Orden HFP/145/2017, de 20 de febrero (BOE de 24 de febrero), aprueba la relación de valores negociados en Bolsa con su cotización media correspondiente al cuarto trimestre de 2016; la relación de valores negociados y su cotización, en el último trimestre del año, en el mercado de Deuda Pública en Anotaciones, así como la relación y los valores medios de cotización del mercado de la Asociación de Intermediarios de Activos Financieros (AIAF) del último trimestre de 2016.

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