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Navarra aprueba el texto refundido del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

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El Parlamento de Navarra ha aprobado el texto refundido de las disposiciones vigentes relativas al régimen tributario de las fundaciones, así como de las actividades de patrocinio y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, para solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente, para aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 13 de junio se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, además, los textos legales a refundir que han nacido en momentos y situaciones diferentes y han sido creadas partiendo de ideas no siempre coincidentes, lo que permite solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente. Por ello, al redactar el texto refundido, se ha ordenado una normativa que las sucesivas reformas legales habían desordenado, se ha redactado de tal forma que sea más sencilla de comprender y de aplicar, y finalmente se ha intentado subsanar las contradicciones, dudas interpretativas o repeticiones que tenía la referida normativa. Se contribuye así a aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.

Alava modifica las retenciones de los artistas en su reglamento de IRPF, amplía la fecha límite de renuncia al régimen simplificado del IVA para 2023 y deroga el Modelo 620 (ITP y AJD) de autoliquidación de las transmisiones de vehículos usados

Modificación del reglamento de IRPF y la regulación del régimen simplificado del IVA de Alava. Imagen de un cantante sobre un escenario

Alava aprueba la modificación de las retenciones de los artistas en su reglamento de IRPF, amplía la fecha límite de renuncia al régimen simplificado del IVA para 2023 y deroga el Modelo 620 (ITP y AJD) de autoliquidación de las transmisiones de vehículos usados.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 7 de junio de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 22/2023, de 30 de mayo, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 40/2014, de Consejo de 1 de agosto, que aprobó el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como del Decreto Foral 4/2023, de 21 de febrero, que aprobó la regulación para el año 2023 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Mediante esta norma se incorporan en el reglamento alavés del IRPF las modificaciones que en el territorio estatal se introdujeron mediante la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y que llevaron consigo la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista, modificando determinados tipos de retención e ingreso a cuenta de actividades económicas y del capital mobiliario en el IRPF.

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para simplificar las obligaciones formales y el control del impuesto con efectos desde el 1 de septiembre de 2022

Bizkaia, modifica, Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, simplifica, gestión, control, obligaciones formales.  Tres bombonas de diferentes colores

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de mayo de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

Esta norma incorpora en la normativa foral del Impuesto las modificaciones operadas en el territorio común por la Ley 14/2022, que modifica la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, y en concreto a la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, para adecuarlo al marco legislativo europeo, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que establece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Esta reforma persigue simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria y para ello, el hecho imponible del impuesto deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. La reforma del impuesto lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los elementos esenciales del impuesto, y sus efectos se retrotraen al 1 de septiembre de 2022.

En relación con la naturaleza del impuesto, pasa de ser un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de aquellos productos comprendidos en su ámbito objetivo y grava, en fase única, el consumo de estos productos, a ser también un tributo de naturaleza indirecta pero que recae sobre la utilización en el territorio español de dichos gases.

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para simplificar las obligaciones formales y el control del impuesto con efectos desde el 1 de septiembre de 2022

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Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de mayo de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

Esta norma incorpora en la normativa foral del Impuesto las modificaciones operadas en el territorio común por la Ley 14/2022, que modifica la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, y en concreto a la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, para adecuarlo al marco legislativo europeo, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que establece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Esta reforma persigue simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria y para ello, el hecho imponible del impuesto deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. La reforma del impuesto lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los elementos esenciales del impuesto, y sus efectos se retrotraen al 1 de septiembre de 2022.

En relación con la naturaleza del impuesto, pasa de ser un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de aquellos productos comprendidos en su ámbito objetivo y grava, en fase única, el consumo de estos productos, a ser también un tributo de naturaleza indirecta pero que recae sobre la utilización en el territorio español de dichos gases.

Gipuzkoa aprueba el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Gipuzkoa aprueba los impuestos sobre los envases de plástico no reutilizables y sobre el depósito incineración y la coincineración de residuos. Imagen de una bola del mundo a la que la rodena los logotipos del reciclaje

Gipuzkoa aprueba, con efectos desde el 1 de enero de 2023, los impuestos sobre los envases de plástico no reutilizables y sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

En el Boletón Oficial de Gipuzkoa de hoy, 22 de mayo de 2023, se han publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2023, de 9 de mayo, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 9 de mayo, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, con el fin de incorporaral ordenamiento tributario gipuzkoano los dos impuestos introducidos en el territorio común mediante la  Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, dentro del marco de las medidas fiscales para incentivar la economía circular, con efectos desde el 1 de enero de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Concierto Económico.

Alava modifica su Reglamento del IRPF para acometer su adaptación a las modificaciones a las nuevas medidas adoptadas referidas al régimen de trabajadores desplazados y la deducción por inversiones relacionadas con la economía plateada

Alava, modifica. Reglamento, IRPF, régimen especial, trabajadores desplazados, deducción, inversión economía plateada. Una pareja de ancianos, anda sobre varios montones de monedas en escala

Alava modifica su Reglamento del IRPF para incluir la adaptación reglamentaria a las modificaciones efectuadas en el régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas y en la deducción por inversión en microempresas, pequeñas y medianas empresas vinculadas con la economía plateada.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy se ha publicado el Decreto Foral 17/2023, del Consejo de Gobierno Foral de 9 de mayo por el que se aprueba la modificación del Decreto foral 40/2014, de Consejo de 1 de agosto, que aprobó el Reglamento del Impuesto sobre Renta de las Personas Físicas.

Gipuzkoa modifica su Reglamento del IRPF reduciendo las retenciones de las actividades económicas desarrolladas por artistas y de los rendimientos de su propiedad intelectual

Gipuzkoa modifica su Reglamento del IRPF reduciendo las retenciones de las actividades económicas desarrolladas por artistas y de los rendimientos de su propiedad intelectual. Imagen en blanco y negro de un concierto de música

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 28 de abril de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 7/2023, de 25 de abril, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de retenciones (BOG de 28 de abril de 2023)

Al igual que ha ocurrido en territorio común mediante la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que ha introducido modificaciones en los tipos de retención aplicables sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, en cumplimiento de las medidas acordadas en relación con la implantación del Estatuto del Artista, mediante esta norma se da cumplimiento a las medidas contenidas en dicho Estatuto, modificado los tipos de retención aplicables sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual y para las actividades económicas desarrolladas por artistas en determinados supuestos.

Gipuzkoa introduce la exención en el IRPF de la ayuda de 200 euros aprobada en el RDLey 11/2022; introduce los nuevos epígrafes en el IAE previsto en la Ley 31/2022 de PGE para 2023 y modifica su Norma Foral General Tributaria

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Gipuzkoa  reconoce la exención en el IRPF de la ayuda directa de 200 euros concedida en el marco del RDLey 20/2022, introduce diversas modificaciones en las Tarifas del IAE y modifica su Norma Foral General Tributaria para incorporar al artículo regulador de la cesión de datos reservados con trascendencia tributaria a terceros.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 24 de abril de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMA 1/2023, de 18 de abril, por el que se introducen diversas modificaciones tributarias de carácter urgente en materia de IRPF, IAE y modifica la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Se reconoce la exención en el IRPF de la ayuda directa de 200 euros concedida en el marco del RDLey 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el fin de paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, principalmente por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania y que los interesados debieron solicitarla entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023.

Navarra regula el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables que se aplicará en la Comunidad Foral desde el 1 de enero de 2023, con el objetivo de reducir la generación de residuos plásticos y fomentar el reciclaje

Navarra regula el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Imagen de montón de plástico no reutilizable

Navarra regula el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables que se aplicará en la Comunidad Foral desde el 1 de enero de 2023 con el objetivo de reducir la generación de residuos plásticos y fomentar el reciclaje.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 24 de abril de 2023 se ha publicado la LEY FORAL 14/2023, de 5 de abril, del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, impuesto creado con el objetivo de reducir la generación de residuos plásticos y fomentar el reciclaje, y que en el territorio común fue aprobado mediante la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Bizkaia modifica sus reglamentos de IRPF para extender al periodo impositivo 2023 los límites y condiciones de la obligación de declarar y modificar algunos tipos de retención y el de obligaciones tributarias formales incluyendo nuevos sujetos obligados

Bizkaia modifica sus reglamentos de IRPF y el reglamento de obligaciones tributarias formales para incorporar nuevas obligaciones de información. Imagen financiera de negocio

Bizkaia modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas en relación con la obligación de declarar y con el tipo de retención aplicable a determinados rendimientos y el Reglamento por el que se regulan las Obligaciones tributarias formales para recoger como nuevos obligados a suministrar información sobre aportaciones a sistemas de previsión social, a los promotores de los productos paneuropeos de pensiones individuales (PEPP).

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 29 de marzo de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 28/2023, de 21 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, que tendrá efectos desde el 1 de enero de 2023.

Las modificaciones del Reglamento del IRPF afectan a la obligación de declarar, ya que en coherencia con lo previsto en la Norma Foral 10/2022, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2023, se extiende al periodo impositivo 2023 y siguientes la aplicación de la modificación de los límites y condiciones que determinan la obligación de declarar para los periodos impositivos 2020, 2021 y 2022 y con el tipo de retención aplicable a determinados rendimientos, que conforme al Concierto Económico deben ser incorporados a la normativa tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia los cambios en la normativa del territorio común para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones, disponen en su articulado la modificación de determinados tipos de retención e ingreso a cuenta en el Impuesto y disminuye el tipo de retención aplicable a determinados rendimientos procedentes de la propiedad intelectual.

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