Leyes de Presupuestos y de Medidas fiscales y Financieras de la Comunidad Autónoma de Cataluña

Junto con la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2011 se ha publicado la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras.

El título I contiene las medidas fiscales y se divide en dos capítulos:

  • El primero está dedicado a los tributos propios: concretamente, al gravamen de protección civil, al canon sobre la disposición del desperdicio de los residuos municipales, a las tasas y, por último, al canon del agua.
  • El segundo capítulo modifica aspectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sucesiones y donaciones. En cuanto a las tasas, las modificaciones obedecen, en algunos casos, a la necesidad de adaptar la normativa tributaria a los cambios efectuados en la regulación sustantiva de la actividad administrativa o en la prestación del servicio gravado; en otros casos, se añaden nuevos supuestos de exención, y también se suprimen algunos hechos imponibles y se crean nuevas tasas.

En cuanto a los tributos cedidos, las modificaciones que contiene la Ley de Medidas Fiscales y Financieras son, principalmente, de carácter técnico.

Así, por ejemplo, en el IRPF se clarifica cuál es el importe máximo que puede aplicarse cada uno de los contribuyentes, en caso de declaración conjunta, tanto en la deducción en concepto de inversión por un ángel inversor para adquirir acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de creación reciente, como en la deducción por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil.

También tiene carácter técnico la medida referida al impuesto sobre sucesiones y donaciones, en la que se especifican los términos para que sea efectiva la deducción por sobreimposición decenal ya existente.

Más allá de estas precisiones técnicas, en el impuesto sobre la renta de las personas, los porcentajes de deducción por inversión en vivienda habitual, aplicables en la cuota íntegra autonómica, se equiparan a los aplicables en el tramo estatal. Por otro lado, también se modifica la deducción por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado con el objetivo de adaptarla a la nueva estructura de los estudios.