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TRAMIENTO FISCAL DE UNA MAQUINA EXPENDEDORA
Tengo la intención de adquirir una máquina expendedora para la venta de articulos de suministros informaticos y quisiera me informara que tipo de tributación fiscal tienen los rendimientos de dicha máquina. Hay que realizar IVA, tiene que pagarse Tasas etc. Soy persona fisica y es una nueva actividad. Gracias
IVA MAQUINA EXPENDORA
LOS RENDIMIENTOS DE LA MÁQUINA DEPENDEN DE LA ACTIVIDAD EN LA QUE ESTÉS DADO DE ALTA.
SI ESTÁS DADO DE ALTA EN EL IVA, LOS RENDIMIENTOS DE ESA MÁQUINA Y TUYOS PRECISAN LIQUIDACIÓN DE IVA ( MOD 300 ).
CUANDO ADQUIERAS LA MÁQUINA, EL IVA SOPORTADO EN LA FACTURA SERÁ DEDUCIBLE POR IVA, Y LA MÁQUINA LA IRÁS AMORTIZANDO AÑO TRAS AÑO, SEGÚN TABLAS DE AMORTIZACIÓN OFICIALES.
GRACIAS, entre todos esto se hace grande
leer respuestas
Por favor como puedo leer una respuesta que me han mandado. Segun la web he tenido una respuesta a una pregunta que plantee pero cuando entro en mi cuenta puedo ver el texto de mi duda pero no la respuesta. Gracias
rendimientos del trabajo en unidad familiar
Buenas tardes, somos una familia de cinco miembros y uno de los hijo ha tenido unas rentas del trabajo de 3000 euros, la madre de 6000 euros y el padre de mas de 22000. Quisiera saber las rentas que estamos obligados a poner en la declaración.
impuesto sucesiones
Deseo que el aire que sople sea favorable a tu recurso. Al menos que no sea huracanado. Porque la verdad esto del I. de Sucesiones no tiene nombre, mejor me callo porque si vierto en este foro lo que se me pasa por mi cabecita ... En resumiditas cuentitas que para poder cumplir con la últimita voluntad de los seres queridos que se han ido al otro lado, primero tienes que repartirlo con el saqueador oficial, es decir que antes que el propio heredero está el recaudador del reino, y que yo sepa la última voluntad de mis seres queridos no era que yo repartirera su patrimonio con ningún extraño.
Lógico sería que al cambiar los bienes patrimonionales de titular, se pagara el registro de la propiedad, notario y algún pequeño impuesto, pero la verdad a mi me han saqueado y encima no me dejan obtener el beneficio fiscal que me corresponde, porque el aire que sopla por casa del recaudador del reino es huracanado.
eL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE
eL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES PRESCRIBE A LOS 4 Y SEIS MESES. DESDE EL MISMO MOMENTO EN QUE HAGAS CUALQUIER ACTO DE DISPOSICION SOBRE LA MISMA LA AGENCIA TRIBUTARIA ENTENDERÁ QUE HAS ACEPTADO AL HERENCIA Y TOCA TRIBUTAR. LO ACONSEJABLE ES ESPERAR. NO OBSTANTE DEPENDIENDO DE LA COMUNIDAD EN LA QUE HAYA RESIDIDO EL CUSANTE, EXISTE UNA BONIFICACIÓN DEL 99 POR CIENTO, COMO ES EL CASO DE MADRID
Físicamente estoy separado
Físicamente estoy separado desde primero de año 2007. En julio se adoptaron las MEDIDAS PROVISIONALES, desde el Juzgado, pero aun no se han resuelto SENTENCIA DEFINITIVA sobre el DIVORCIO. En tanto, vivo en otra residencia y he formado una nueva familia, que mientros no esté totalmente separado, no puedo hacer OFICIAL.
¿Como tengo que hacer la DECLARACION DE 2007?.
¿Tengo que meter a los miembros anteriores como UNIDAD FAMILIAR, por no haber aun sentencia o se entienden las MEDIDAS PROVISIONALES, como RESOLUCION PROVISIONAL, a efectos ficales?
Venta de vivienda construida renta 2007
En el año 2002 se empieza la construccion de una vivienda, se pide prorroga a hacienda porque en el 2005 no estaba terminada, hacienda admite la prorroga y se termina en el año 2006.
En el año 2007 se vende dicha casa. Puesto que no cumple el requisito de vivienda habitual porque no han pasado tres años,¿tienen de devolver todas las deducciones?.
¿Que sucede con la ganancia patrimonial obtenida, si tenian una hipoteca en el banco que cancelaron el mismo dia de la venta de la casa?, se puede deducir como menor importe de la venta. Se deducian las cantidades por construccion que el banco les iba asignando a medida que el propietario les daba certificaciones.
Gracias por vuestra ayuda,
Aplazamiento de dedución.
El año 2.006 comencé la construcción de una vivienda para uso habitual. En el 2.009 no he podido hacer escritura de obra nueva por no haberla terminado debido a que el dinero obtenido por hipoteca no ha sido suficiente y no haber podido vender mi piso debido al estado actual del mercado inmobiliario.
El pasado 22 de Enero, solicité a la Delegación de Hacienda de Torrelavega un aplazamiento de 4 años añadiendo mis dificultades económicas debido a estar incluido actualmente en una regulación de empleo, el cual me fue denegado el día 28 de Enero alegando que no se han cumplido los requisitos establecidos en el apartado cuatro del artículo 55 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El 11 de Febrero presenté un Recurso de Reposición aduciendo el Real Decreto 1975/2008 que amplía en dos años para transmitir la vivienda habitual, etc., siendo denegado el 18 de Febrero. Pidiendome las cantidades desgravadas en los tres años ( Unos 3.600 más intereses.)
Teniendo conocimiento de que ha habido casos en los que Hacienda ha accedido al aplazamiento que he solicitado, ¿ Tengo alguna posibilidad de conseguir dicho aplazamiento interponiendo una Reclamación Económico Administrativa. ? Gracias.
Ganancia patrimonial por venta de inmueble
Buenas tardes a todos,
estaría muy agradecido a quien pudiera dar algo de luz a mis dudas en el siguiente caso:
Mis padres como sociedad conyugal y yo fuimos copropietarios de una vivienda (que era la vivienda habitual de los tres) adquirida en 1990 por 18.000 euros, pagada íntegramente por mí a través de un préstamo hipotecario. En 2007 vendimos ese piso por 187.000 euros, y, con lo obtenido con esa venta, compramos otro por importe de 174.000 euros (que pasó a ser la vivienda habitual de mis padres, ya jubilados, dado que en el año 2002 yo había adquirido la que es ahora mi vivienda habitual).
Ya sé que ha habido una ganancia patrimonial en la transferencia de la primera vivienda (la comprada en 1990) y que, al figurar yo como coprietario, debería tributar por la misma, de hecho, según mis primeros cálculos debería ingresar en mi declaración de renta de este año cerca de 6.000 euros. Pero como considero ello tremendamente injusto dado que yo realmente no he sacado ningún beneficio porque todo el dinero se reinvirtió en una vivienda que es ahora la habitual de mis padres y que incluso la pequeña diferencia entre lo obtenido por la venta de la vivienda inicial y lo pagado por la actual se fue en impuestos y gasto de notario, es por lo que recurro a los miembros de este foro en busca de alguna idea por la cual pudiera evitar o minorar el pago de esta cantidad que debería abonar a Hacienda.
Gracias a todos por anticipado.
Solucion!
Hola!! yo tenia problemas financieros y tenia qe buscar soluciones. un amigo me comento que igsoluciones me ayudaria con mis problemas y yo la verdad que al principio desconfiaba. pero no me quedo otra que hacerle caso y por suerte todo va muy bien.se arreglaron mis problemas. ellos se encargan de todo. si quereis probar como yo hice aqui podeis encontrarlos
www.inspiredgroup.es
mucha suerte. espero que os vaya tan bien como a mi
El contenido del mensaje que
El contenido del mensaje que precede a éste suena mucho a publicidad. Si no es así que me perdone el remitente, pero si lo es, lo cual por lo menos a mí, me parece evidente, creo que este foro no es el lugar para hacer anuncios de forma fácil y gratuita. y esto puede aplicarse a alguna otra persona que aprovecha sus respuestas (no dudo que la gran mayoría de las veces acertada) para dejar su contacto para posibles captaciones de clientela.
Es posible que sea yo el que tiene un problema por no haber entendido el contenido de este foro, pero me parece que no está orientado a obtener un lucro a base del mismo(aunque sea tangencial o derivado, no directo). Creo que como yo,otras personas que escrimos en este foro nos dedicamos a cuestiones relacionadas con el contenido del mismo, y no introducimos en él mensajes pulicitarios, sino que aprovechamos la ocasión que brinda este foro para aprenderde lo que en él se dice, y además, compartir nuestros conocimientos u opiniones buscando de forma ANONIMA Y GRATUITA que otras personas, dentro de lo posible, encuentren orientaciones de nuestras experiencias y/o conocimientos.
Por eso, y asumiendo el posible error en mi punto de vista, aprovecho este lugar para censurar un comportamiento de algunas personas que me parece impropio, y por tanto, inadecuado, para un foro de estas carácterísticas
no venta viv habitual crisis y aadisicion autopromoc nueva viv
Hola Y gracias
Tenemos una casa en venta y no conseguimos venderla. En Nov 2005 compramos 2 parcelas para acometer una autopromocion durante el 2007 y 2008 de nuestra futura nueva viv. habitual. En la actualidad tenemos en venta mi vivienda habitual sin vender. Acabamos la obra en mayo de 2008 nuestra nueva viv y nos mudarnos en julio 2008 auque aun no estamos empadronado en la nueva.
El suelo lo adquirmos con un préstamo suelo nov-2005 por importe de 90000 el cual ampliamos a 365000 en 2007 para la obra. Durante el 2005,2006,2007, 2008 y 2009 no hemos desgrabado nada en nuestra declaraciones y seguimos pagado hipoteca. Aún no no hemos empadronados en la nueva en la que vivimos mas de 14 años.
¿Podermos acogernos a la exención por reinversión, sí el 100% del dinero de la venta lo destino a la cancelacion parcial del préstamo autopromocion cuando se produzca la venta de la anterior viv.? Sería conveniente empadronarnos en la nueva o perderamos derechos d la anterior, es conveniente que todavia no? En la situacion actual, ¿como nos afecta el plazo de ampliación estipulado por la nueva normativa respesto a los que no conseguimos vender la vivienda? Es posible que sí en el 2010 no hemos vendido podamos desgrabarnos de la nueva. Gracias por cualquier respuesta que podaís darnos
Lucia y Juan Carlos
Hola a todos: No sabeís
Hola a todos:
No sabeís como agradecería vuestra ayuda.
Me he dado de alta como autonoma solo durante el mes de junio y se que tengo que presentar el modelo 303(conseguido)
pero me podeís decir si tengo que presentar alguno más.Solo se que en marzo presentaré el 347 porque la única factura que he emitido es de mas de 3000 euros y que no me hace falta el modelo 130, pero¿y el 115, 110,180,...etc?gracias de antemano porque con la página de Hacienda no me aclaro nada.
Azuzena
documentacion en las operaciones con paraisos fiscales
El art. 21ter del Reglamento del is nos dice cuales son los ducumentos que debe tener la sociedad cuando realiza operaciones con entidades situadas en paraisos fiscales. ¿Cómo se elaboran esos documentos? Vendría bien un ejemplo
impuesto sobre donaciones
Se efectua una donación de una madre a su hijo de una casa valorada en 50.000€. El hijo tiene una minusvalia del 45%,es decir, reducción de 47.858,59. Para calcular la base liquidable sera el resultado de reducir los 50.000€ en 47.858,59€. Es asi como se debe liquidar este impuesto?
Requerimiento de Hacienda
Quisiera consultar una duda.
He sido Administradora unica de una SL durante unos 15 años y debido a la crisis he tenido que cerrar y liquidar la empresa sobre mayo de este año fecha en la que lleve a Hacienda las escrituras de liquidacion para darla de baja en el censo.
Siempre he presentado y pagado al dia todas las declaraciones fiscales, incluso en este verano (despues de cerrada) la declaracion de sociedades del año anterior (que salio a devolver por retenciones que nos habian practicado, teniendo perdidas la declaración), me quedaria pendiente de presentacion en enero el resumen de IVA IRPF y proxima declaracion de sociedades de 2009 en 2010, por dos meses de actividad en 2009.
El tema es que en el local donde estaban las oficinas y el domicilio fiscal de la empresa es de mi propiedad particular y como he cerrado la empresa ahora lo tengo alquilado. Por este motivo aún sigo recibiendo cartas a nombre de la empresa y recibi en noviembre un aviso de correos para recoger una carta certificada de Hacienda, la cual no fuí a recoger.
Ahora en diciembre se presento un funcionario de hacienda para hacer entrega personalmente de una carta a nombre de la empresa y el portero le informo de que ya habia cerrado pero le dió la direccion de mi domicilio particular que esta en la misma calle. Como en ese momento no estaba en mi domicilio, el funcionario no pudo entregarmela y levanto un acta poniendo que habia intentado la entrega a mi persona como Administradora de la empresa y que no habia podido, emplazandome a que me pase a recogerlas por el despacho numero xxxx de la Oficina especial en Guzman el Bueno. Y le dejo el acta al portero para que me la entregase.
La pregunta es.
Como yo ya no soy la Administradora ni tan siquiera la Liquidadora de la empresa, que debo hacer?
Pasar por Hacienda para recoger a carta, o no hacer caso a sus requerimientos.
Por un lado pienso que puede tratarse de las devoluciones tributarias pendientes de recibir, pero por otro lado tengo el temor de que encima de lo sufrido en el ultimo año ahora me quieran pasar una inspección de los ultimos 5 años.
Que me aconsejais.
DISCULPAS
PERDONAD SI NO ERA EL LUGAR APROPIADO,,, PERO VERDADERAMENTE A MI ME INTERESA LA FISCALIDAD ESPAÑOLA... YA QUE TENGO QUE REGIRME POR ELLA,,, ASI QUE CONSIDERO QUE ES UNA CUESTION DE FISCALIDAD EN ESPAÑA..
SALUDOS
ajuste de ingresos
Hola a todos, para poder acceder a una vivienda mas grande que la que tengo(vivienda habitual)mi renta y la de mi mujer (calculada por la suma de casillas 455 y 465)han de bajar unos cuatro mil euros entre los dos, podria ajustarlo limitando mis ingresos.Querria saber cuanto deben mas o menos bajar mi nomina en bruto para llegar a este ajuste y si como tengo que vender mi vivienda,esta venta me subiria los ingresos aun acogiendome a la reinversion en vivienda habitual.Muchas gracias.
libertad de amortizacion
He comprado una nave para mi sociedad en año 2010. Puedo amortizar la nave en lo años que quiera debido a la libertad de amortización. Y que requisitos he de cumplir?
Gracias
REQUISITOS LIBERTAD AMORTIZACION
Hola inpaas :
• Tendrás que desglosar el importe escriturado de la nave en dos cantidades, por una parte el valor del suelo y por otra el valor de la construcción. SOLO el valor de la construcción puede ser amortizado.
• el requisito fundamental para aplicar la amortización libre en las adquisiciones de elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puesto a disposición desde los años 2009 hasta el 2012, es el mantenimiento de la plantilla media total de la entidad con respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores.
• entendiéndose por plantilla todos los trabajadores que prestan sus servicios en régimen de dependencia y por cuenta ajena de acuerdo con la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa. En consecuencia, se tendrán en cuenta tanto los trabajadores que formen parte de la plantilla fija de la empresa como los contratados con carácter temporal o de otro tipo, siempre que se trate de personas empleadas en los términos previstos por la legislación laboral.
• La nave adquirida debe ser nueva, esto es, antes de su adquisición no se habrá puesto en condiciones de funcionamiento para ningún otro uso o actividad, requisito que no se cumpliría si la nave no fuera de nueva edificación. La nave adquirida se tendrá que afectar a la actividad .
Espero que te sirva de pauta
Un saludo
Hola, queria darme de baja
Hola, queria darme de baja del foro. Como lo puedo hacer?
RETENCION EN EL PAIS VASCO
Hola, buenos dias.
Me gustaría saber si me podeis ayudar; la cuestión es: desde cuando se aplica la retencion del IRPF en los contratos de alquiler en el PAIS VASCO?
Gracias
AJUSTE DE INGRESOS
Hola a todos, para poder acceder a una vivienda protegida de la que llevo pagando por cooperativa 8 años mi renta y la de mi marido (calculada por la suma de casillas 455 y 465)han de bajar unos mil euros entre los dos, como podria ajustarlo .Me podrian hacer en la empresa un ajuste en la nómina para la siguiente declaración?Espero que alguien me pueda dar alguna idea y poder solucionarlo..ya que cuando nos metimos en la vivienda ni estabamos casados y tampoco excediamos los ingresos.Saludos
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