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Venta vivienda no habitual por divorcio y pago a Hacienda
Hola en abril del año pasado vendimos la vivienda que tenÃamos porque me separé de mi marido, la vivienda hacÃa dos años que la habÃamos comprado y los trámitesde divorcio los iniciamos en junio. Mi pregunta es la siguiente, ¿debemos de pagar a Hacienda por la plusvlÃa obtenida de la ganancia ya que la vivienda la vendimos antes de los tres años y no es considerada como vivienda habitual? o ¿podrÃamos pedir a Hacienda que por el divorcio no tengamos que pagarlo?



Partiendo de que en abril
Partiendo de que en abril era efectivamente vivienda habitual, en principio, al no haber cumplido los 3 años de permanencia e iniciar los trámites de divorcio después, se incumple el requisito para ser considera vivienda habitual y, por tanto, la ganancia obtenida no puede acogerse a la exención por reinversión. cada uno deberá imputarse (si estaba a nombre de los dos, o en régimen económico de gananciales) la mitad de la ganancia obtenida. No obstante, es frecuente que antes de iniciarse los trámites judiciales para el divorcio, se pacte ante Notario el convenio regulador o unas capitulaciones donde se haga constar que se ha procedido a la separación de hecho de los cónyuges. si esto se hubiera hecho antes de la venta, podrÃa justificarse como causa de no permanencia de los 3 años la separación, y en tal caso acogerse a la exención.
Asesor jurÃdico fiscal