El uso reiterado del aplazamiento no es motivo suficiente para denegar un aplazamiento posterior (TSJ Cataluña 8-11-2007)

Sobre este tema versa la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Cataluña de 8 de noviembre de 2007, relativa a la denegación de un aplazamiento por considerarse, sin más, que no quedan suficientemente acreditadas las dificultades de tesorería a que alude el contribuyente basándose en el hecho de que tal contribuyente solicita reiteradamente el aplazamiento de pago, utilizando esta posibilidad -se argumenta por la Administración- no como un medio de cumplimiento de sus deberes tributarios sino para dilatar en el tiempo su cumplimiento. El Tribunal entiende ajustado a Derecho el razonamiento del TEAR que declaró la insuficiencia de esta consideración por parte de la Administración tributaria a efectos de resolver el aplazamiento solicitado, pues ni consta que la empresa contribuyente hubiera desatendido anteriores aplazamientos ni pueden ser extrapoladas las circunstancias de anteriores solicitudes a efectos de determinar una conducta, con lo que la resolución de la Administración más se convierte en una especie de castigo al solicitante por actuaciones anteriores, que en un examen real de las circunstancias que se alegan (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ027929 y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 302, Mayo 2008).