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Venta Terreno Rústico

Hola,

Mi pregunta es: ¿Debo de declarar la venta de un terreno rústico?
Esta es la situación:
Al fallecer mi padre en 1988, se hizo la declaración de herederos y se puso todo a nombre de mi madre, de mi hermano y del mio.
El año pasado 2007, vendimos un terreno rústico por 540.000 €. De los cuales 60.000 € se quedó mi madre, mi hermano y yo nos quedamos con 240.000 € cada uno.

Al hacer la declaración de la renta, ¿Tenemos que declarar el incremento del patrimonio?
Un compañero de trabajo me comentó, que si tu heredas un terreno y la escritura está hecha antes de no se que fecha,
al venderlo estás exento de declarar el incremento de patrimonio.
En mi caso ¿Estamos exentos? ¿Cuanto deberíamos de pagar? ¿ El 18% de 240.000 € en mi caso?
Gracias por vuestra ayuda.
Irene

Hola,

Ayer olvidé decir que soy de Guadalajara.
No os olvideis de mi.
Gracias.

Irene

Tenéis que declarar la ganancia patrimonial, pero no hay que asustarse, pues dada la antigüedad de la adquisición por herencia de los terrenos la carga tributaria que os supondrá tal declaración será pequeña. Tú mismo lo puedes comprobar cumplimentando en el programa PADRE, en la página 5, el apartado tercero del epígrafe G2:"Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales". En la casilla 361 debes señalar el punto 2 (Otros elementos patrimoniales).