PLUSV.-MINUSVALIAS OP.MENORES DE EDAD

Duda tramiento IRPF.Cuando los menores de edad realizan operaciones generando plusvalias y minusvalias por venta de fondos de inversión y acciones, en IRPF ¿Se deben integrar en la renta como unidad familiar?.Si normalmente la declaración se hace individual ¿Cada coyuge se imputará el 50%? Además se han producido retencios a cuenta como consecuencia de la venta de unos fondos, que entiendo al ser menor de edad se habrán computado a los conyuges. Estas plusvalias generados por hijos son compensables con minusvalias generadas por el matrimonio?
Gracias por anticipado.

Teneis la opcion de tributar

Teneis la opcion de tributar conjuntamente que estará formada por ti y tu esposa, y tu hijo menor de edad.

O presentáis todos conjuntamente, o todos individualmente.

Tu hijo, aunque sea una menor de edad, es contribuyente del impuesto, siendo sus padres sus representantes legales, teniendo, en caso de tener obligación a presentar declaración por pasarse de los límites fijados en la normativa, presentar declaración.

Por ello, no se imputa a los padres las rentas que obtengan sus hijos (ni las retenciones).

Los padres actuarían como representantes legales de sus hijos, debiendo presentar la declaración de sus hijos (si están obligados a ellos) en el nombre de ellos, y no imputarse en la declaración individual de sus padres.

Duda adicional

OK. Pero si las declaraciones se presentan inidividualmente, por que a priori es más beneficioso, entonces los padres pueden aplicar las deduciones por hijos menores en sus declaraciones?
Gracias

Entiendo que te refieres a

Entiendo que te refieres a la reducción por mínimo por descendientes.

Ten en cuenta que te lo puedes aplicar siempre que tu hijo viva contigo y que su renta anual no supere los 8000 euros

Aclarado

Muchas gracias.