Novedades Legislativas - Diciembre 2008

(Novedades normativas publicadas en el BOE en el mes de noviembre de 2008)

  • Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Operaciones Vinculadas.
  • Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.
  • Desarrollo de la Ley 36/2006, de medidas para la prevención del fraude fiscal.
  • Orden de módulos 2009.
  • Nuevos modelos de no residentes.
  • Real Decreto de medidas urgentes en materia económica, fiscal, empleo y acceso a la vivienda.

Por fin, y después de casi dos años de espera, se han publicado, en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de diciembre, los reglamentos de desarrollo de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.

A continuación exponemos brevemente las novedades más significativas que se establecen en los mencionados reglamentos, (en la Revista de Contabilidad y Tributación, CEF.-, de los meses sucesivos, especialistas de estas materias analizarán, minuciosamente, estas novedades):

Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Operaciones Vinculadas.

El Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre, modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio (BOE de 18 de noviembre), resumiéndose en los siguientes puntos las modificaciones que introduce: 

  •  Modificaciones en diversos artículos relativos a la materia de amortizaciones al objeto de su adaptación al nuevo plan general de contable y a las modificaciones introducidas en la Ley del Impuesto por la Ley 16/2007, de 4 de julio (BOE de 5 de julio).
  • Se desarrollan los planes de gastos correspondientes a actuaciones medioambientales al objeto de la deducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, así como los planes especiales de inversiones y gastos de las comunidades vecinales en mano común para los casos en los que no se pueda aplicar el beneficio obtenido dentro del plazo general de los cuatro años.
  • Se regulan en materia de operaciones vinculadas aspectos relativos a la determinación del valor de mercado, los requisitos de deducibilidad de los acuerdos de reparto de costes suscritos entre personas o entidades vinculadas y las obligaciones de documentación exigibles a quienes realicen operaciones vinculadas así como operaciones con personas o entidades residentes en paraísos fiscales. Asimismo, se regulan aspectos procedimentales relativos a la comprobación del valor de mercado y el denominado ajuste secundario.
  • En relación con la deducción por reinversión se modifican los planes especiales de reinversión para adaptarlos a las modificaciones establecidas en la Ley del Impuesto. 
  • Al efecto de desarrollar el régimen especial de los partidos políticos se establece el procedimiento de reconocimiento de la exención de las explotaciones económicas propias que realicen, así como la forma de acreditación a efectos de la exclusión de la obligación de retener e ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por los mismos. 
  • Se modifica el régimen especial de las entidades navieras en función del tonelaje.
  • Se modifica el Capítulo dedicado al régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, incorporándose la regulación de las obligaciones de comunicación de las nuevas operaciones amparadas en el régimen fiscal especial de cambio de domicilio social. 
  • Se añade la base para el cálculo de la obligación de retener e ingresar a cuenta en el caso de que la misma tenga su origen en el ajuste secundario.

Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa. 

El Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre (BOE de 18 de noviembre) aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa. Esta norma desarrolla la Disposición Adicional Primera del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, regulando cuáles son las obligaciones de la Administración y de los contribuyentes en estos procedimientos y determinando las garantías de unos y otros.

Desarrollo de la Ley 36/2006, de medidas para la prevención del fraude fiscal.

El Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre (BOE de 18 de noviembre) desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, y modifica y aprueba otras normas tributarias. Así, resultan modificados el Reglamento del IRPF, el Reglamento del IRNR, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección, el Reglamento General del régimen sancionador tributario, etc.

  • Las modificaciones introducidas en el Reglamento del IRPF, se pueden resumir en los siguientes puntos: se aclara que la base de retención o ingreso a cuenta cuando la obligación de retener o ingresar a cuenta tenga su origen en el ajuste secundario (art. 16.8 del TRLIS) estará constituida por la diferencia entre el valor convenido y el de mercado (esta modificación se lleva a también a cabo en el Reglamento del IRNR); en los conductores de vehículos dedicados al transporte de mercancías por carretera, se establece una regla especial en materia de asignaciones para gastos normales de estancia en virtud de la cual no precisarán justificación en cuanto a su importe los gastos de estancia que no excedan de 15 euros diarios, si se producen por desplazamiento dentro del territorio español, o de 25 euros diarios, si corresponden a desplazamientos a territorio extranjero y, por último se añade una disposición adicional según la cual, a efectos de la integración de la renta del ahorro, se entenderá que no proceden de entidades vinculadas con el contribuyente los intereses u otros rendimientos del capital mobiliario satisfechos por entidades de crédito cuando no difieran de los que hubieran sido ofertados a otros colectivos de similares características al de las personas no vinculadas.
  • En el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección, se modifica el artículo relativo a la revocación del NIF, con el fin de determinar las circunstancias que facultan a la Administración para llevar a cabo la mencionada revocación cuando se crean sociedades con el exclusivo propósito de intervenir en operaciones de fraude como, por ejemplo, en los casos en que se declara la realización de actividades económicas inexistentes, , cuando hay un domicilio falso o aparente para el desarrollo de la actividad económica, la gestión administrativa o la dirección del negocio, etc.
  • En el Reglamento General del régimen sancionador tributario, se elimina el trámite de audiencia previa al interesado antes de remitir el expediente al Ministerio Fiscal por posible delito contra la Hacienda Pública y se incorpora el trámite de informe del Servicio Jurídico que corresponda, con carácter previo a la remisión del expediente a delito contra la Hacienda Pública.
  • En cuanto a las modificaciones en el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, vienen motivadas por la eliminación de las deducciones por inversiones en cumplimiento de los programas de apoyo a los acontecimientos de excepcional interés público, modificándose la deducción por gastos de propaganda y publicidad de dichos acontecimientos.
Orden de módulos 2009.

Es importante también comentar la publicación en el BOE, del día 29 de noviembre, de la Orden EHA/3413/2008, de 26 de noviembre, que desarrolla para el año 2009 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido., manteniendo la estructura de la vigente para el año 2008. Además:

  • Por lo que se refiere al sector del transporte, incorpora con carácter estructural los módulos aplicables al sector que en años anteriores tenían carácter excepcional, redefine el módulo capacidad de carga e incorpora a estos regímenes especiales la actividad de transporte de mensajería y recadería, cuando la actividad se realice exclusivamente con medios de transporte propios. Para el año 2008 procede a la reducción de determinados signos, índices o módulos aplicables a las actividades de transporte, para paliar el efecto producido por el precio del gasoleo en dichas actividades.
  • Incorpora medidas excepcionales en el IRPF (reducciones en el rendimiento neto previo y en el rendimiento neto de módulos) para paliar el efecto producido por el precio de los insumos de explotación en las actividades agrícolas y ganaderas tanto para el año 2008 como para el 2009. 
  • Reduce para el año 2008 los índices de rendimiento neto aplicables a las siguientes actividades agrícolas y ganaderas: remolacha azucarera, frutos secos, productos hortícolas, uva para vino con y sin denominación de origen, algodón, tabaco, porcino de carne, porcino de cría, bovino de carne, ovino de carne, caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, bovino de cría, apicultura y bovino de leche.
  • Reduce el porcentaje aplicable en 2009 para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado de IVA para las actividades de apicultura y de servicios de cría, guarda y engorde de aves.

Nuevos modelos de no residentes.

En otro orden de asuntos, concretamente en materia de gestión, se han publicado varias Órdenes que aprueban diferentes modelos de declaración. Así, el modelo 291 "Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes" (O. EHA/3202/2008, de 31 de octubre, BOE de 10 de noviembre), modelo 216 "Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso" (O. EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, BOE de 17 de noviembre), modelo 296 "Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta" (O. EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, BOE de 17 de noviembre) y modelo 196 "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones financieras" (O. EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, BOE de 18 de noviembre).

Real Decreto de medidas urgentes en materia económica, fiscal, empleo y acceso a la vivienda.

Por último, superada la fecha de cierre de esta revista, se ha publicado, en el BOE del día 2 de diciembre, el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, sobre las medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda.