- NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DURANTE 2009: REFERENCIA A LOS CAMBIOS NORMATIVOS, JURISPRUDENCIALES Y DOCTRINALES
- EL PAQUETE IVA Y OTRAS NOVEDADES NORMATIVAS, JURISPRUDENCIALES Y DOCTRINALES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
- MODIFICACIONES EN LA REGULACIÓN GENERAL DE LOS IMPUESTOS CEDIDOS PARA 2010
- A PROPÓSITO DE LA ANTICIPADA ENTRADA EN VIGOR EL 19 DE DICIEMBRE DE 2003 DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.2, DE LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA
- LA RESERVA DE LEY TRIBUTARIA COMO DERECHO FUNDAMENTAL
En la práctica, el silencio administrativo será siempre negativo (TS 04-03-2009)
En la sentencia de 4 de marzo de 2009, el TS afirma la conformidad a Derecho contenida en el RD 1065/2007 (Rgto. de gestión e inspección tributaria), en especial en lo que se refiere al silencio administrativo con efecto negativo que se establece para 94 procedimientos tributarios. Esta regulación viene a vaciar en la práctica la regla general del silencio positivo que establece la Ley General Tributaria, pero no por ello debe considerarse que determina una declaración de nulidad de pleno Derecho, ya que la propia Ley habilita a una disposición reglamentaria para establecer el sentido del silencio.

