- EL PRINCIPIO DE SUBROGACIÓN REAL COMO FUNDAMENTO DE LAS PRINCIPALES EXENCIONES URBANÃSTICAS
- IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. NOVEDADES 2008 (CASO PRÃCTICO)
- ENERGÃAS RENOVABLES Y POLÃTICA FISCAL
- LA NECESARIA NOTIFICACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES DE CARA A LA LIQUIDACIÓN DEL IIVTNU: (A propósito de la Sts, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 12 de enero de 2008, rec. núm. 4/2007)
- INDICADORES CONTABLES PARA MEDIR EL RIESGO. UTILIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTABLE EN EL MERCADO ESPAÑOL
Tributación de herencia recibida del exterior en Cuba
Un cubano, residente en Cuba, recibe un legado de 10.000 euros. proviniente de una herencia dejada por su abuelo español, fallecido en ESpaña a su favor. Tras pagar el impuesto de sucesiones en España recibe el sobrante del legado en efectivo en Cuba. ¿Tiene el beneficiario cubano que realizar alguna formalidad o presentar alguna declaración ante las autoridades tributarias cubanas?. ¿Tiene que abonar algún tipo de impuesto en Cuba por este motivo?


