Como tributa en hacienda una extincion de condominio
1) Mi hermano y yo heredamos un piso en 2004. No viviamos en el porque ambos tenemos otra vivienda, así pues el piso heredado ha estado cerrado practicamente durante estos 7 años.
Hace unos dias mi hermano decide quedarse con el piso y hacemos una tasación oficial (sale tasado en 200.000€) y me paga 100.000€ por mi parte. Vamos al notario y hacemos una escritura de extincion de condominio, se hace efectivo el pago, y se fija la escritura del piso en 200.000€.
En 2004, la mitad indivisa del piso se valoro en la escritura de herederos en 35.000€.
Parece claro que yo he incrementado mi patrimonio en 65.000€ en estos 7 años. ¿Debo tributar a IRPF el 21% de la ganancia patrimonial (los 6000 primeros euros al 19%) o al ser una extinción de condominio tengo alguna exención?
2) Como no necesito el dinero he donado a mis hijos (2), 50.000€ a cada uno y tampoco se si tengo que tributar por estas donaciones. He oido que el 1% pero no se para que, ni que ocurriria en caso de no hacerlo.
Sin más, muchas gracias por adelantado.
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Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Normativa 2013
La presente publicación recoge, actualizada a 15 de febrero de 2013, la normativa básica que regula el Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto y el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, que aprueba el Reglamento).
Impuesto sobre el Valor Añadido. Normativa 2013
La presente publicación, actualizada a 25 de febrero de 2013, contiene la normativa básica estatal que regula el Impuesto sobre el Valor Añadido (Ley 37/1992, Real Decreto 1624/1992 y Orden HAP/2549/2012, de 28 de noviembre) y el reglamento que regula las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
Procedimientos tributarios. Normativa 2013
La presente publicación contiene una selección de las principales normas que regulan los procedimientos de gestión, inspección, recaudación, revisión, sancionador y administrativo común, así como la jurisdicción contencioso-administrativa, con redacción actualizada a 1 de marzo de 2013.








En primer lugar, debo ser
En primer lugar, debo ser sincero e indicarte lo que más nos molesta a los asesores, sin que te ofendas.
Preguntar por la fiscalidad de una operación una vez realizada y escriturada ante notario, no tienen ningun sentido.
A pesar de ello, te indico.
Tu tributarás por todo lo que has hecho y tu hermano nada. El mantendrá valores históricos y no tributará.
Como tributa en hacienda una extincion de condominio.
Creo que no has leido bien mi pregunta. No estoy preguntando por la fiscalidad de la operación, estoy consultando con expertos si la extincion de condominio tiene algún tipo de exención fiscal. Esto es porque he leido en algun foro que así podría ser. Nada más, Y gracias de todas formas.
Como te he comentado la
Como te he comentado la exención fiscal será para tu hermano que no tributará y mantendrá valores históricos de adquisición.
Como tributa en hacienda...
Ok, gracias. Podrías decirme algo acerca del punto 2º.
¿ya has realizado la
¿ya has realizado la donación en escritura pública?
¿donde resides tu y donde tus hijos? ¿que edad tienen?
Como tributa
No he realizado ninguna escritura publica todavía, solo las trasferencias bancarias.
Mis hijos tienen 29 y 31 años y residimos todos en Madrid.
Tendrás una reducción del
Tendrás una reducción del 99% de la cuota tributaria, siempre y cuando se instrumente en documento público. Ojo tienes 30 días. Si no se hace ante notario pueden quitarte la reducción del 99% y considerarla realizada por la transferencia.
Tus hijos deberían pagar cada uno unos 4.950 euros que con la reducción quedará en 49,50 euros de impuesto de donaciones. Deberás sumar el gasto de notario y del gestor que te realice y presente las declaraciones.
Y si no lo considero una
Y si no lo considero una donación sino un préstamo (!! a mis hijos !!), también tendrían que pagar 4.950 euros? Que pais...
Deberías hacer un contrato
Deberías hacer un contrato para justificarlo y darle fe de fecha para que no te lo discutan (ante notario o pasándolo por la Comunidad, mod. 600 exento).
Como tributa en hacienda....
Gracias por todo y un cordial saludo.