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El tipo de interés de demora de Hacienda: concepto, tipo para el 2017 y aplicación

interés de demora Hacienda

En la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, publicada en el BOE el 28 de junio, se incluye el tipo de interés legal del dinero y de demora, siendo de especial importancia este último en materia tributaria, ya que no todo el mundo puede, o quiere, pagar sus impuestos en tiempo y forma.

Además de pagar recargos, sanciones e intereses de demora, los deudores a la Hacienda Pública de más de 1.000.000 de euros se encuentran sometidos a escarnio público, al hacerse público el listado de estos, siendo publicado el último el pasado 22 de junio, donde podemos encontrar deudas impresionantes como la de Reyal Urbis, SA, que debe la friolera de 363.239.400,78 euros, cantidad que generaría más de 13 millones de intereses al año.

Aprobadas dos Ofertas Públicas de Empleo para 2017 con 20.280 plazas: En la Agencia Tributaria se ofertarán 2.150 plazas para 2017 y 2018

Aprobadas dos Ofertas Públicas de Empleo para 2017 con 20.280 plazas: En la Agencia Tributaria se ofertarán 2.150 plazas para 2017 y 2018

Aprobadas dos Ofertas Públicas de Empleo para 2017 con 20.280 plazas: En la Agencia Tributaria se ofertarán 2.150 plazas para 2017 y 2018

  • Se suman a las ya aprobadas en marzo, lo que representa una Oferta de Empleo Público para 2017 con más de 28.200 plazas, la mayor desde 2008
  • La Oferta ordinaria aprobada hoy es de 16.000 plazas, mientras que la extraordinaria representa cerca de 4.300 plazas
  • En la Oferta extraordinaria se incorporan efectivos para el control del gasto público, la lucha contra el fraude fiscal y laboral y de la Seguridad Social, en el Servicio Público de Empleo, en el colectivo de examinadores de tráfico y en las oficinas de expedición de DNI y pasaporte
  • En la Agencia Tributaria se ofertarán 2.150 plazas para 2017 y 2018

7 razones por las que te interesa pagar el impuesto sobre sociedades

7 razones por las que te interesa pagar impuesto sobre sociedades

Dotar cuantiosas provisiones, realizar amortizaciones aceleradas, alterar la valoración del stock, pagar retribuciones extraordinarias antes de finalizar el ejercicio, anticipar gastos que podrían esperar al siguiente ejercicio, son algunas de las opciones que se pueden barajar antes de cerrar el ejercicio, buscando reducir la factura fiscal del impuesto sobre sociedades.

Sin embargo, el próximo 25 de julio no pagar el impuesto sobre sociedades, o pagar muy poco, puede ser también perjudicial para la empresa, ya que como otras cosas en la vida, ni mucho, ni poco, lo mejor es buscar la justa medida.

Las multinacionales deberán informar sobre los impuestos que pagan en cada país 

  • Se aplicará a compañías con una facturación anual global a partir de 750 millones de euros
  • La información incluirá los impuestos pagados fuera de la UE
  • Las empresas que no cumplan podrán ser sancionadas

El Parlamento quiere que las grandes multinacionales hagan público cuántos impuestos pagan y dónde, aunque acepta excepciones en caso de información comercialmente sensible.

El pleno respaldó el martes una propuesta por la que las compañías con una facturación a nivel mundial a partir de 750 millones de euros tendrán que informar sobre sus contribuciones tributarias, de manera desglosada por país. El objetivo de la norma es incrementar la transparencia fiscal y combatir la evasión.

El proyecto legislativo prevé sanciones para las empresas que no faciliten la información, que fijará cada Estado miembro y que pueden consistir en multas administrativas y en la exclusión de los procedimientos de licitación pública y de concesión de financiación procedente de los fondos estructurales de la Unión.

El alquiler vacacional de viviendas bajo la lupa de la Agencia Tributaria

El alquiler vacacional de viviendas bajo la lupa de la Agencia Tributaria

Estamos a las puertas de la primera operación salida del verano, por lo quea estas alturas ya son muchos los españoles que tienen reservadas sus vacaciones y cada vez son más los que utilizan la fórmula del alquiler vacacional, por lo que la Agencia Tributaria pone la lupa en estos ingresos generados por los arrendadores, para asegurarse de que estos son declarados y sometidos a tributación.

Este fenómeno ha sido catapultado por plataformas como Airbnb, Homeaway, Wimdu o Rentalia, que facilitan las transacciones entre los inquilinos y los arrendadores, por lo que la Agencia Tributaria rastrea estas páginas web, para ver si los anunciantes declaran los ingresos generados.

Calculadora de plazos para la remisión de facturas a través del Suministro Inmediato de Información (SII)

Calculadora de plazos para la remisión de facturas a través del Suministro Inmediato de Información (SII)

La Agencia Tributaria ha  publicado una herramienta para calcular el plazo máximo para remitir los registros de facturas para aquellos contribuyentes sometidos al SII.

La herramienta necesita los siguientes datos:

  • Registro sobre el que se desea realizar el cálculo: (Facturas emitidas o facturas recibidas)
  • Tipo de factura (Normal / Sometida al régimen del criterio de caja / Simplificada / Emitida en sustitución de simplificadas / Asiento resumen)
  • Fecha de devengo
  • Fecha de expedición

La AEAT publica el tercer listado de deudores a la Hacienda Pública

La AEAT publica el tercer listado de deudores a la Hacienda Pública

En la página web de la AEAT se ha publicado el tercer listado de deudores a la Hacienda Pública.

En la página web de la AEAT se ha publicado el tercer listado de deudores a la Hacienda Pública, de acuerdo con lo previsto en el art. 95 bis de la Ley General Tributaria y la Orden HAP/364/2016. Este listado comprende la relación de los deudores a la Hacienda Pública por deudas y sanciones pendientes de pago, que superan el importe de 1.000.000 € y no se encuentran ni suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la AEAT a fecha de referencia 31 de diciembre de 2016.

Calendario del contribuyente: Julio 2017

Calendario del contribuyente: Junio 2017

Les recordamos las principales obligaciones tributarias del mes de julio. Es la hora del Impuesto sobre Sociedades.

Como ya adelantamos, para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas, a lo largo de 2017, la Agencia Tributaria ha puesto, como en años anteriores, a disposición del contribuyente, el calendario del contribuyente 2017.

Todo lo que necesitas saber sobre el régimen especial de bienes usados (REBU)

Todo lo que necesitas saber sobre el régimen especial de bienes usados (REBU)

El régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (REBU) es un tipo de régimen impositivo del IVA, de aplicación voluntaria a los revendedores cuando actúan en nombre propio y realizan entregas de los siguientes bienes:

  • Bienes usados. Tendrán esta consideración los bienes muebles utilizados por un tercero, susceptibles de reutilización y adquiridos para su reventa. No se consideran bienes usados los utilizados, renovados o transformados por el propio sujeto pasivo revendedor o por su cuenta, ni los materiales de recuperación, envases, embalajes, oro, platino y piedras preciosas.
  • Objetos de arte. En este apartado, se engloban los siguientes objetos, siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en el artículo 136 de la LIVA: cuadros, pinturas, dibujos, grabados, estampas, litografías, esculturas, estatuas, vaciados de esculturas, tapicerías, textiles, murales, cerámica, esmaltes sobre cobre y fotografías.
  • Antigüedades. Para tener esta consideración, tienen que ser bienes muebles con más de 100 años de antigüedad y que no sean objetos de arte o de colección.
  • Objetos de colección. Se consideran dentro de este apartado los artículos de filatelia y las colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía, o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático. En ningún caso se aplica este régimen especial al oro de inversión.

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