Novedades Legislativas - Enero 2008

(Novedades publicadas en el mes de diciembre de 2007)

  • Ley de presupuestos Generales del Estado para 2008
  • Adaptación del reglamento del IRPF a las modificaciones del impuesto
  • Convenio económico con Navarra
  • Regulación de la hipoteca inversa y del seguro de dependencia
  • Ley del cine
  • Precios medios de vehículos
  • Leyes de Comunidades Autónomas

Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2008

La Ley 51/2007, de 26 de diciembre (BOE del 27) aprueba los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, y las novedades contenidas en la misma son, la mayoría, reiterativas respecto de las incluidas en años anteriores:

  • En materia de IRPF, se regula la actualización de los coeficientes de actualización del valor de adquisición aplicables a las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas; se actualizan las cuantías aplicables como reducción del rendimiento neto del trabajo y del rendimiento neto de las actividades económicas aplicables a trabajadores autónomos dependientes de un único empresario, se elevan los importes de los distintos mínimos (del contribuyente, por descendientes, por ascendientes y por discapacidad), que integran el mínimo personal y familiar del impuesto; se modifica la tarifa del impuesto, en sus dos escalas, la estatal y la autonómica o complementaria; se incorpora una nueva deducción: por alquiler de la vivienda habitual; y se establece el régimen transitorio de la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2007 y por percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a 2 años en 2007.
  • Por lo que se refiere al IS, se actualizan también los coeficientes de corrección monetaria aplicables a las transmisiones de activos inmobiliarios y se determina la forma de determinar los pagos fraccionados.
  • En el IVA, se regula la exención de las entregas, construcciones, transformaciones, reparaciones, mantenimiento, fletamento total y arrendamiento de determinados buques y deroga el apartado relativo al nacimiento del derecho a deducir de las importaciones y operaciones asimiladas a ellas, siéndoles aplicable, a partir del 1 de enero de 2008, la regla general.
  • En materia de Impuestos Locales, se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles y se modifica la rúbrica del epígrafe 251.7 de la sección primera de las Tarifas del IAE para añadir la fabricación de ácidos isoftálico y terftálico y la regla 17.ª (en lo referente a la distribución de cuotas de la actividad de producción de energía eléctrica en centrales nucleares) de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del IAE.
  • En el ITP y AJD, se actualiza exclusivamente la tarifa por transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos Nobiliarios.
  • En materia de Impuestos Especiales, se modifica, en relación al Impuesto sobre Hidrocarburos, el epígrafe 2.13 de la tarifa segunda para añadir el biogás destinado al uso como carburantes en motores estacionarios. Además, en relación con el Impuesto sobre determinados Medios de Transporte, regula, nuevamente, determinados aspectos de este Impuesto. Comentar, respecto a este impuesto que, en el BOE del día 29 de diciembre, se ha publicado la Orden EHA/3851/2007, de 26 de diciembre, que aprueba los modelos 576 (autoliquidación) y 06 (declaración de exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo).
  • En relación con la LGT, se fija el interés de demora (7%) y el interés legal del dinero (5,50%).
  • Se establecen actividades y programas prioritarios de mecenazgo y otros incentivos de interés general.
  • Se fija para 2008 el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM): 6.112,80 euros anual.
  • Por último, por citar otras modificaciones, se elevan los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal y se actualizan los coeficientes de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.

Adaptación del Reglamento del IRPF a las modificaciones en este impuesto

El Real Decreto 1757/2007, de 28 de diciembre (BOE de 31), que modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para fijar la cuantía del salario medio anual del conjunto de declarantes del impuesto, al que se refiere el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto, en 22.100 euros, actualizar los límites cuantitativos excluyentes de la obligación de retener, actualizar los tramos de la escala de retenciones y modificar el artículo relativo a la obligación de declarar para que resulte indiferente que las rentas inmobiliarias procedan de uno o varios inmuebles (esto último, no supone ningún cambio normativo ya que tal situación ya estaba contemplada a nivel legal).

Convenio económico con Navarra

La Ley 48/2007, de 19 de diciembre (BOE del 20), modifica la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra. Con esta ley se adapta el Convenio con Navarra a las novedades que en el ordenamiento jurídico tributario del Estado se han producido, en particular con la regulación del régimen del grupo de entidades en el IVA, el incremento de las competencias normativas en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y en el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, la introducción del Impuesto Especial sobre el Carbón y la devolución, en determinados casos, del Impuesto sobre Hidrocarburos a profesionales, agricultores y ganaderos. Además, la cifra de volumen de operaciones que sirve de umbral para la tributación compartida entre el Estado y la Comunidad Foral, en el IS y en el IVA, se ha actualizado y, al igual que en el caso de los territorios vascos, ha pasado dicho umbral de 6 a 7 millones de euros.

Regulación de la hipoteca inversa y el seguro de dependencia

La Ley 41/2007, de 7 de diciembre (BOE del 8), modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y establece determinada norma tributaria. Por lo que al ámbito tributario se refiere, la norma establece la exención en el ITP y AJD, modalidad AJD, cuota gradual de documentos notariales, para las escrituras públicas que documenten la constitución, subrogación, novación y cancelación de las hipotecas inversas. También se establece el régimen tributario de la próxima edición de la Copa América. Y, finalmente, se establece el sistema de autoliquidación obligatoria del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en 6 comunidades autónomas (Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Galicia y Murcia).

Ley del cine

La Ley 55/2007, de 28 de diciembre (BOE de 29), del Cine, contiene en una de sus disposiciones finales, concretamente en la segunda, medidas que afectan al Impuesto sobre Sociedades. Deroga la deducción por inversiones en producciones cinematográficas para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2012 en lugar del 2014 como hasta ahora y establece un porcentaje fijo (18%) de deducción para las mencionadas inversiones en producciones cinematográficas y un 5% para el coproductor financiero.

Precios medios de vehículos

Por último reseñar, en cuanto a la legislación estatal se refiere, la Orden EHA/3745/2007, de 14 de diciembre (BOE de 21), que aprueba los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, para vehículos de turismo, todo terrenos, motocicletas, embarcaciones de recreo y motores marinos y la Resolución de 23 de octubre de 2007 (BOE de 14 de diciembre), de la Presidencia de la AEAT, para la elaboración de las estadísticas de intercambios de bienes entre estados miembros (sistema Intrastat).

Leyes de Comunidades Autónomas

Dentro de la normativa autonómica, destacamos las Leyes de Medidas o de Presupuestos que contienen disposiciones en relación con los tributos cedidos y que han publicado la mayoría de las Comunidades Autónomas, que enumeramos a continuación:

  • Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales (BOJA de 29 de diciembre de 2007).
  • LEY 8/2007, de 29 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB de 29 de diciembre de 2007).
  • Ley 14/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2008 (BOCA de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 8/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero, de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 14/2007, de 20 de diciembre, por la que se amplían las bonificaciones tributarias del Impuesto sobre sucesiones y donaciones, de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha (DOCM de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 9/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOC y L de 28 de diciembre de 2007 y corrección de errores BOC y L de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 17/2007, de 21 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, de la Comunidad Autónoma de Cataluña (DOGC de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2008 (DOE de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 6/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2008, de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 27 de diciembre de 2007).
  • Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de la Comunidad Autónoma de Madrid (BOCM de 28 de diciembre de 2007).
  • Ley 11/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios, año 2008, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 31 de diciembre de 2007).
  • Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat de la Comunitat Valenciana (DOGV de 28 de diciembre de 2007).