El Parlamento de Navarra ha aprobado el texto refundido de las disposiciones vigentes relativas al régimen tributario de las fundaciones, así como de las actividades de patrocinio y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, para solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente, para aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 13 de junio se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, además, los textos legales a refundir que han nacido en momentos y situaciones diferentes y han sido creadas partiendo de ideas no siempre coincidentes, lo que permite solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente. Por ello, al redactar el texto refundido, se ha ordenado una normativa que las sucesivas reformas legales habían desordenado, se ha redactado de tal forma que sea más sencilla de comprender y de aplicar, y finalmente se ha intentado subsanar las contradicciones, dudas interpretativas o repeticiones que tenía la referida normativa. Se contribuye así a aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.