Novedades Legislativas

Pocas novedades en los presupuestos de Baleares para el 2020

Deducciones y presupuestos. Imagen del mapa de baleares

La Ley 19/2019, de 30 de diciembre por la que se aprueban los presupuestos generales de las Islas Baleares para 2020 ha mantenido en su mayoría las medidas fiscales vigentes hasta ahora con ciertas salvedades que pasamos a reseñar:

IRPF:

En materia de la deducción autonómica por donaciones se establece una deducción del 25% a las donaciones cuando el beneficiario del mecenazgo sea la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el proyecto sea propio de dicha Administración o de sus entidades instrumentales, aumentándose para estos casos el límite de la deducción hasta los 1.200 euros.

Bizkaia reconoce efecto retroactivo a las prestaciones por maternidad y otras medidas tributarias para 2020

Bizkaia, exención, maternidad, IRPF, retroactivo. Imagen de una madre abrazada con su hijo pequeño

Bizkaia reconoce expresamente efectos retroactivos a la exención en el IRPF de las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social,  que será también de aplicación a los periodos impositivos anteriores a 1 de enero de 2019 no prescritos. Además se reseñan las medidas tributarias contenidas en la NORMA FORAL 6/2019, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2020.

Al igual que en el territorio alavés y Gipuzkoa, Bizkaia mediante la NORMA FORAL 5/2019, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Norma Foral 8/2018, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2019, introduce como aclaración de los efectos de la exención en el IRPF de las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, que será también de aplicación a los periodos impositivos anteriores no prescritos a fecha de 1 de enero de 2019.

Mediante la Norma Foral 8/2018, que ahora se modifica, se incorporaba al ordenamiento tributario de Bizkaia la doctrina legal de STS, de 3 de octubre de 2018, recurso nº 4483/2017, con efectos retroactivos respecto de los ejercicios anteriores al iniciado el 1 de enero de 2019 que no estuvieran prescritos, por la especial trascendencia y protección que merece la maternidad.

Cantabria se suma a la protección contra el despoblamiento y apuesta por la economía social

 Cantabria. Medidas tributarias. Manos unidas de trabajadores

La Ley de Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas contiene novedades de diversa entidad desde el punto de vista tributario, destacando especialmente las deducciones relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

IRPF:

Se crea la deducción por nacimiento y adopción de hijos establecida en una cuantía de 100 euros.

Se establece la deducción aplicable a contribuyentes que tengan su residencia habitual en zonas rurales de Cantabria en riesgo de despoblamiento. Esta deducción es en realidad un conjunto de cuatro deducciones que tienen en común el fomento para repoblar zonas rurales con una baja densidad de población y una tasa de envejecimiento superior al 30%. En concreto se establece en relación al arrendamiento de viviendas, una deducción para el arrendatario de hasta 600 euros (1.200 euros en tributación conjunta) y otra para el arrendador del 50% en el rendimiento neto obtenido. En relación a los gastos de guardería, incompatible con la deducción genérica, permite una deducción de hasta 600 euros por hijo menor de tres años. Respecto de los gastos ocasionados por el traslado de su residencia habitual por motivos laborales, consisten en una deducción de 500 euros en el periodo en que el traslado se produzca y en el siguiente. Por último, el autoempleo en jóvenes menores de 35 años que fijen su residencia en zonas de riesgo de despoblamiento, permite una deducción de 1.000 euros.

Mejoras fiscales adoptadas por Andalucía que afectan al ISD e ITP y AJD

Fiscalidad Andalucía. Medidas para 2020. Imagen bandera Comunidad Autónoma de Andalucía

Reducción de los plazos de permanencia en ISD y de los tipos de gravamen en ITP y AJD.

Con la entrada en vigor el día 1 de enero de 2020 de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se introducen modificaciones en el Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, en concreto en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Asturias crea nuevas deducciones para frenar la despoblación rural

Presupuestos Asturias IRPF 2020. Imagen de iglesia en zona rural

En el BOPA del 30 de diciembre de aprobaron los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2020.

Si bien la Ley apenas contiene modificaciones en el ámbito fiscal, pues únicamente introduce tres nuevas deducciones en el IRPF y modifica el tipo del juego, resulta llamativo que las deducciones en el Impuesto sobre la Renta se centran en la protección de las zonas rurales en riesgo de despoblación.

En concreto estas medidas son las siguientes:

La subida del tipo del IGIC y un nuevo tramo en el IRPF las principales novedades en Canarias

Presupuestos de Canarias e impuestos. Imagen de una compra con movil

El 31 de diciembre fue publicada la Ley 19/2019 de Presupuestos Generales de Canarias. La Ley contiene diversas medidas en el ámbito fiscal entre las que destacan:

IGIC:

  • La principal novedad se encuentra en la variación de los tipos del IGIC, así el tipo general vuelve a ser del 7%, tras la rebaja en el curso anterior al 6,5%. Del mismo modo, se sube el tipo incrementado aplicable a las entregas de determinados bienes desde el 13,5% al 15%.
  • Otras medidas son, la modificación de los requisitos para aplicar el tipo 0 al suministro de energía eléctrica, siendo ahora necesario que el consumidor tenga una potencia contratada igual o inferior a 10 KWh.
  • Los servicios de telecomunicaciones pasan de aplicar el tipo reducido del 3% al general del 7%.

El BOE publica las modificaciones de las declaraciones informativas relativas a los modelos 184, 193, 194, 196, 198, 280 y 289

La Orden HAC/1276/2019, de 19 de diciembre, modifica las Órdenes reguladoras de esos modelos en lo relativo al suministro de información

En el BOE de 31 de diciembre de 2019, se ha publicado la Orden HAC/1276/2019, de 19 de diciembre (en vigor el mismo día 31 de diciembre y aplicable por primera vez, para las declaraciones correspondientes a 2019 que se presenten en 2020, a excepción de las modificaciones efectuadas en el modelo 198, que serán aplicables a las declaraciones correspondientes a 2020 que se presenten a partir de 2021), que modifica la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se aprueban los modelos 123, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso y los modelos 193, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, y los modelos 124, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso y los modelos 194, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de los citados Impuestos derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos, la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario, la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, «Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo», la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

Aprobados y publicados los modelos de acreditación de la residencia a efectos de la aplicación de la exención del art. 14.1.c) del TRLIRNR

Acreditación residencia. Anexo II Fondo de Pensiones

Se aprueban los modelos de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e IIC a efectos de la aplicación de determinadas exenciones, así como la adaptación de la documentación exigible con el modelo 210 al contenido de la disp. adic. tercera del RIRNR

Como es conocido el Real Decreto 595/2019, de 18 de octubre, modificó el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (RIRNR), para incorporar un régimen especial de acreditación de la residencia por fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva (IIC) a efectos de la aplicación de la exención del artículo 14.1,c) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (TRLIRNR), incorporando para ello una disposición adicional tercera en el citado RIRNR y dejando pendiente de aprobación posterior de varios modelos de declaración que deben ser realiz

IVA: Aprobación del modelo 318

Modelo 318

«Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios»

En el BOE de 31 de diciembre de 2019 y en vigor el 1 de enero de 2020, se ha publicado la Orden HAC/1270/2019, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 318, «Impuesto sobre el Valor Añadido. Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios», que tienen que presentar los contribuyentes que hubieran estado sometidos a la competencia exaccionadora de una Administración tributaria, foral o común, en los períodos de liquidación anteriores al momento en que inicien la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad y a otra diferente en los períodos de liquidación posteriores, o cuando haya variado sustancialmente la proporción en la que tributan a las distintas Administraciones, común o forales, en los mencionados períodos de liquidación, procederán a la regularización de las cuotas devueltas, efectuándose la misma de conformidad con los porcentajes de tributación a cada una de las Administraciones afectadas correspondientes al primer año natural completo posterior al inicio de la realización habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios correspondientes a su actividad.

Novedades en la regulación del modelo 390 y en la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas

Modelo 390

Se aprueba un nuevo modelo 390 y se suprime la presentación telemática mediante mensaje SMS de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 390, 347 y 190

En el BOE del día 31 de diciembre de 2019, se ha publicado la Orden HAC/1274/2019, de 18 de diciembre, que modifica la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

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