Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 26 de diciembre de 2013, se ha publicado la NORMA FORAL 9/2013, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014.

Junto con los preceptos que establecen las normas puramente presupuestarias encontramos, en las disposiciones adicionales, otra serie de modificaciones tributarias que se vienen incluyendo cada año junto con los Presupuestos Generales.

Así, en la disposición adicional primera se establecen los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el Impuesto sobre Sociedades para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2014.

La disposición adicional segunda determina que el interés de demora, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2014, será del 5 por ciento.

Se aplicará un coeficiente de actualización del 1,01 a partir de 1 de enero del año 2014 a los valores catastrales vigentes durante el año 2013. El mismo coeficiente de 1,01 se establece respecto a los tipos de las tasas y exacciones parafiscales de la Hacienda Foral de Gipuzkoa gestionadas por los diversos departamentos, que sean de cuantía fija, por no estar determinados por un porcentaje en la base o ésta no estar valorada en unidades monetarias, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 a la cuantía exigible en 2013.

En la disposición final primera de esta Norma Foral encontramos las modificaciones respecto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que surtirán efecto a partir de 1 de enero de 2014. En primer lugar se eleva ligeramente la cuantía de la reducción por tributación conjunta. Lo mismo ocurre con la deducción general y las deducciones por descendientes y ascendientes y la deducción por edad. De la misma manera, se actualizan los distintos tramos de la base liquidable general sobre los que se aplican los tipos de gravamen previstos en la escala del Impuesto.

En la siguiente disposición final se abordan las modificaciones de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa referidas todas ellas a la Contabilidad Pública Foral de este Territorio Histórico.