El procedimiento de gesti贸n

El art铆culo 117 de la LGT se帽ala que son funciones de gesti贸n tributaria las siguientes:

  • La recepci贸n y tramitaci贸n de declaraciones, autoliquidaciones y dem谩s documentos con trascendencia tributaria.
  • La comprobaci贸n y realizaci贸n de las devoluciones previstas en la normativa de cada tributo.
  • El reconocimiento y comprobaci贸n de la procedencia de beneficios fiscales.
  • El control de los acuerdos de simplificaci贸n de la obligaci贸n de facturar.
  • La realizaci贸n de actuaciones de control del cumplimiento de la obligaci贸n de presentar declaraciones y de otras obligaciones formales.
  • Las actuaciones de verificaci贸n de datos.
  • Las actuaciones de comprobaci贸n de valores.
  • Las actuaciones de comprobaci贸n limitada.
  • La pr谩ctica de liquidaciones tributarias derivadas de sus actuaciones de verificaci贸n y comprobaci贸n.
  • La emisi贸n de certificados tributarios.
  • La expedici贸n y, en su caso, revocaci贸n del n煤mero de identificaci贸n fiscal.
  • La elaboraci贸n y mantenimiento de los censos tributarios.
  • La informaci贸n y asistencia tributaria.
  • Las dem谩s actuaciones de aplicaci贸n de los tributos no integradas en las funciones de inspecci贸n y recaudaci贸n.

Por 聽su 聽parte, el RGGI regula tambi茅n como 聽procedimientos y actuaciones de gesti贸n tributaria, los siguientes:

  • Procedimiento para 聽la ejecuci贸n de devoluciones tributarias (art铆culos 131 y 132 del RGGI).
  • Procedimiento para el reconocimiento de beneficios fiscales de car谩cter rogado 聽(art铆culos 136 y 137 del RGGI).
  • La cuenta corriente tributaria (art铆culos 138 a 143 del RGGI).
  • Actuaciones de comprobaci贸n censal (art铆culos 144 a 147 RGGI), que pueden desembocar en la revocaci贸n del NIF.
  • Actuaciones de comprobaci贸n del domicilio fiscal (art铆culos 148 a 152 RGGI).