La gratificación extraordinaria por aumento de facturación es rendimiento irregular (TSJ Madrid 05-06-2007)

A este respecto citamos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 5 de junio de 2007, en la que se entiende que tiene carácter de renta con un período de generación superior a dos años la gratificación extraordinaria percibida por los empleados de una entidad por su contribución al aumento de la facturación en ejercicios anteriores, independientemente de que su pago se hubiera acordado en períodos impositivos anteriores o posteriores a su generación efectiva, y no se trate de una retribución periódica y recurrente, sino de carácter excepcional (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ026809, y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 298, Enero 2008).