A vueltas con el tema de las sociedades civiles: ahora Instrucciones de la AEAT sobre cuestiones censales

A vueltas con el tema de las sociedades civiles: ahora Instrucciones de la AEAT sobre cuestiones censales

Desde el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT se han emitido una serie de instrucciones para aclarar ante el tipo de entidad que se pueden encontrar los contribuyentes en el momento de solicitud y asignación del NIF, creándose nuevas subclaves dentro de la clave “J” sociedades civiles y una subclave dentro de la clave “E” comunidades de bienes, herencias yacentes y demás entidades carentes de personalidad jurídica no incluidas expresamente en otras claves. Asimismo, se matizan las actuaciones que se van a seguir respecto del mantenimiento censal de oficio, y por último, indican las declaraciones censales que pueden presentar hasta el 30 de junio de 2016 las Sociedades civiles existentes.

A continuación hemos efectuado una breve reseña de las medidas contenidas, sin perjuicio de recomendar una lectura detallada de las instrucciones.

Asignación del NIF: creación de subclaves dentro de la clave “J” sociedades civiles

Como es conocido se asignara el NIF “J” a la entidad que se manifieste como sociedad civil ante la AEAT en el momento de solicitar el NIF (art. 3 Orden EHA/452/2008, en la redacción dada al mismo por la Orden HAP/5/2016, de 12 de enero).

Pues bien dentro de esta clave se han creado 3 nuevas subclaves (CITIPOS) que informarán sobre la tributación aplicable en cada caso:

  • 76 Sociedad civil con objeto mercantil (sujeta a IS).
  • 37 Sociedad civil sin objeto mercantil (EAR).
  • 75 Sociedad civil profesional (EAR).

Asignación del NIF: creación de subclave dentro de la clave “E” comunidades de bienes, herencias yacentes y demás entidades carentes de personalidad jurídica no incluidas expresamente en otras claves.

La nueva subclave de la Clave “E” se asignará a la entidad que no se manifiesta como una sociedad civil ante la AEAT en el momento de solicitar el NIF, sino que se manifiesta como cualquier otra entidad sin personalidad jurídica del artículo 35.4 LGT (mencionándolo así en el acuerdo de voluntades).

Pues bien en este caso se añade la subclave 74 a las actualmente existentes:

  • 48 Herencia yacente
  • 49 Comunidad de Bienes
  • 56 Titularidad compartida de explotaciones agrarias
  • 74 Otras entidades sin personalidad jurídica no incluidas expresamente en otras claves (nueva).

Modificaciones en la aplicación gestora y desplegable del modelo 036

  • Creación de subclaves NIF en la aplicación de alta de entidades jurídicas:

Clave

Hasta 31 de diciembre de 2015

A partir de 1 de enero de 2016

 

 

 

E

48 HERENCIA YACENTE

49 COMUNIDAD DE BIENES

56 EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA

48 HERENCIA YACENTE

49 COMUNIDAD DE BIENES

56 EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD

COMPARTIDA

74 OTRAS ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA no incluidas expresamente en otras claves

 

 

J

37 SOCIEDAD CIVIL CON PERSONALIDAD JURÍDICA

47 SOCIEDAD CIVIL SIN PERSONALIDAD JURÍDICA

37 SOCIEDAD CIVIL SIN OBJETO MERCANTIL

 

75 SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL

76 SOCIEDAD CIVIL CON OBJETO MERCANTIL

  • Modificación de los desplegables del modelo 036:

             Por lo que respecta al desplegable de la casilla 71 y 73, el mismo tendrá las siguientes clases de entidades:

    • Herencia yacentes.
    • Comunidad de bienes.
    • Explotaciones agrarias de titularidad compartida.
    • Comunidades de propietarios.
    • Otras entidades sin personalidad jurídica no incluidas expresamente en el resto de claves.

Actuaciones de mantenimiento censal de oficio

Al adquirir la sociedad civil personalidad jurídica desde el momento en que se manifiesta como tal en el proceso de solicitud del NIF ante la AEAT, consideran que todas las sociedades civiles que constan en el censo con NIF letra “J”  tienen personalidad jurídica. Se realizará un proceso que reasignará el colectivo de sociedades civiles actualmente existentes en las 3 nuevas subclaves, de acuerdo con la información  que conste declarada sobre actividad económica, remitiendo una carta informativa a las sociedades civiles y manifestando que a las entidades que no se hayan manifestado en ningún sentido (presentación del modelo 036) se les iniciará un procedimiento de comprobación censal a partir del 1 de julio de 2016 de acuerdo con los datos  de que dispone la AEAT.

Sociedades civiles existentes: declaraciones censales que pueden presentar hasta el 30 de junio de 2016 

Por último,  como los socios o representantes de sociedades civiles con objeto mercantil (que deben tributar por el Impuesto sobre Sociedades) disponen hasta el 30 de junio de 2016 para disolverse (6 meses a partir del 1 de enero de 2016), se exponen las situaciones que se pueden presentar y los pasos a seguir en la cumplimentación del modelo 036:

  • Sociedad civil que pase a tributar por el Impuesto sobre Sociedades y que no se disuelva de acuerdo con lo establecido en la DT 19ª LIRPF.
  • Sociedad civil que decida su disolución y liquidación de acuerdo con lo establecido en la DT 19ª LIRPF.
  • Sociedad civil que se transforma en sociedad civil profesional.
  • Sociedad civil que solicita la transformación en comunidad de bienes o viceversa.
  • Sociedad civil con objeto mercantil que se transforma en Sociedad limitada.
  • Sociedad civil constituida al amparado de la Ley 2/2007.
  • Sociedad civil que comunica un cambio de actividad económica.
  • Sociedad civil sin actividad económica de alta.

Fuente: AEAT (08/03/2016)