El TC considera intolerable la condena del administrador de una sociedad por delitos contra la Hacienda Pública

En la Sentencia del Tribunal Constitucional, de 4 de octubre de 2010, se analiza la condena del administrador de una sociedad por dos delitos de defraudación a la Hacienda Pública por IS, en los que no se pudo dar el elemento objetivo del tipo -la defraudación- al tratarse la sociedad que administraba ex lege de una sociedad transparente y que, por tanto, no tributa por ese impuesto; y por otros dos delitos por IVA en los que no sólo no concurría el elemento subjetivo -animus defraudandi-, sino que tampoco se valora adecuadamente el elemento objetivo. El tribunal estima que las resoluciones judiciales impugnadas vulneran los principios de legalidad y de tutela judicial efectiva.

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