El TEAC se opone al embargo de la integridad de los ingresos obtenidos por el turno de oficio y asistencia letrada al detenido en unificación de criterio
Enviado por Editorial el Jue, 02/02/2017 - 08:58El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su Resolución de 31 de enero de 2017, resuelve en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio que a las percepciones satisfechas por el Colegio de Abogados a los abogados que han prestado servicios en el turno de oficio y asistencia letrada al detenido, les resultan de aplicación los límites a la embargabilidad previstos por el art. 607 de la Ley 1/2000 (LEC), en tanto que de conformidad con lo previsto en el apdo. 6 de dicho precepto forman parte de los ingresos de la actividad profesional.