Tributación de las rentas generadas por los derechos de imagen de los deportistas profesionales en el ámbito nacional e internacional

El objeto del presente trabajo es un análisis doctrinal y jurisprudencial del régimen tributario de los rendimientos derivados de los derechos de imagen de los deportistas profesionales, tanto desde la perspectiva del ordenamiento interno como desde el ámbito de los convenios de doble imposición, abordando los problemas relacionados con la calificación de los mismos y la utilización de sociedades interpuestas en la explotación de los citados derechos, con especial atención al régimen de imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen y al tratamiento que estos reciben en los CDI suscritos por España.

Palabras claves: tributación derechos de imagen, fiscalidad internacional y convenios de doble imposición.

Salvador Ramírez Gómez
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Huelva

Sumario

I. Concepto y contenido del derecho a la propia imagen y su interés para el derecho tributario
II. Calificación tributaria de las rentas generadas por los derechos de imagen en nuestro ordenamiento interno

1. La cesión de derechos de imagen como rendimientos del capital mobiliario
2. La explotación de la propia imagen y la cesión de derechos de imagen como rendimientos de actividad económica
3. La cesión de los derechos de imagen y su calificación como rendimientos del trabajo

III. La interposición de sociedades como mecanismo para la obtención de los rendimientos derivados de la cesión del derecho de imagen

1. El régimen de imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen
2. La obligación de ingreso a cuenta en el régimen de imputación de rentas por cesión de derechos de imagen
3. Las rentas derivadas de los derechos de imagen y la transparencia fiscal internacional
4. Aplicación de régimen de operaciones vinculadas a las cesiones de derechos de imagen a sociedades instrumentales

IV. Cesión de derechos de imagen y fiscalidad internacional

1. Contribuyentes residentes (IRPF)
2. Contribuyentes no residentes (IRNR)
3. Los rendimientos derivados de la explotación de los derechos de imagen en el ámbito de los CDI

a) El artículo 7 del MCOCDE: Beneficios empresariales
b) El artículo 12 del MCOCDE: Cánones
c) El artículo 17 del MCOCDE: Las rentas de artistas y deportistas

V. La explotación de los derechos de imagen de los deportistas mediante la interposición de sociedades y el delito fiscal

Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 411 (junio 2017)