La constitucionalidad de las nuevas prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario

Análisis de la STC 63/2019, de 9 de mayo, rec. núm. 739/2018

En este comentario se analiza críticamente la Sentencia del Tribunal Constitucional 63/2019, de 9 de mayo, que desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra determinados preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, que califican como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario a las contraprestaciones exigidas por servicios públicos prestados de manera indirecta o de forma directa a través de personificación privada. El análisis, que fundamentalmente tiene que ver con el concepto constitucional de tributo y con el contenido material de la reserva de ley establecida en el artículo 31.3 de la Constitución, se realizará atendiendo a la muy complicada evolución normativa de la calificación jurídica de este tipo de contraprestaciones, así como a la luz de la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional al respecto. Como se verá, el autor no comparte la argumentación desplegada por el Tribunal Constitucional, sino que entiende que estas nuevas figuras habrían de haber sido declaradas inconstitucionales por vulnerar la citada reserva de ley.

César Martínez Sánchez
Profesor contratado doctor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad Autónoma de Madrid

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. Contexto y antecedentes de la cuestión litigiosa
3.2. Análisis de los argumentos de la sentencia

Referencias bibliográficas

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 441 (diciembre 2019)