Los contribuyentes deberán informar en el primer trimestre de 2013 sobre los bienes y derechos situados en el extranjero
Enviado por fiscalimpuestos el Jue, 15/11/2012 - 16:13
- Un Real Decreto detalla disposiciones incorporadas en la nueva Ley antifraude
- Se clarifican los instrumentos de asistencia mutua con otros países para liquidar tributos
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adapta la Ley General Tributaria a la normativa comunitaria e internacional en materia de asistencia mutua y se fijan las obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero. La nueva ley antifraude, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 30 de octubre, establece una nueva obligación de declarar todo tipo de bienes y derechos situados en el extranjero. El Real Decreto ahora aprobado detalla que el plazo para el cumplimiento de dichas obligaciones se extenderá a lo largo del primer trimestre de cada ejercicio.













