No se aplica la bonificación del 99% de la cuota del IS a la venta de parcelas por una sociedad pública local dedicada al desarrollo de suelo industrial

La entidad no ha acreditado que la transmisión de terrenos se encuadre en una actividad más amplia de prestación de un servicio público de gestión urbanística. En la sentencia se repasan las interpretaciones que se han dado en consultas de la DGT sobre actividades de empresas y organismos públicos relacionados con la gestión urbanística y de estas se concluye que no basta que el objeto social contemple la gestión y desarrollo urbanístico para que la totalidad de sus rendimientos puedan acogerse a la bonificación.

(Audiencia Nacional, de 31 de enero de 2017, recurso nº 54/2015)