La emisión tardía de facturas con la mención «inversión del sujeto pasivo» no permite aplicar retroactivamente el régimen simplificado del IVA en operaciones triangulares
Enviado por fiscalimpuestos el Jue, 08/10/2026 - 10:01El TGUE establece que la inclusión, años después de las operaciones, de la mención «inversión del sujeto pasivo» en las facturas no permite aplicar el régimen simplificado del IVA en operaciones triangulares ni regularizar el impuesto en el período en curso o en períodos posteriores.
El Tribunal General de la Unión Europea, en su sentencia de 7 de octubre de 2026, recaída en el asunto T-773/25, analiza si, en el marco de una operación triangular intracomunitaria, el adquirente intermedio puede acogerse al régimen de simplificación cuando la factura con la mención «inversión del sujeto pasivo» se emite varios años después de realizar las operaciones, y si dicha emisión permite aplicar el régimen con efectos ex nunc o, por el contrario, supondría una aplicación retroactiva.














