Guía Fiscal 2023

El año 2023 viene cargado de numerosas novedades fiscales que se deben tener en cuenta y el aviso de más reformas, muchas de las cuales reafirman el camino de una nueva imposición en nuestro sistema tributario, aunque nada nuevo en el aumento de la presión fiscal, motivada sin duda en gran parte por la cada vez mayor carga que soporta el estado del bienestar y el mantenimiento de las prestaciones, servicios sociales y subvenciones que lo conforman.

Entre las muchas novedades, comenzamos señalando el establecimiento de un nuevo concepto, el de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, con el que se han introducido los gravámenes energético y de entidades de crédito, en lenguaje común, los nuevos impuestos a las energéticas y a la banca, establecidos por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, cuya constitucionalidad y ajuste al sistema existente todavía es debatido y discutido. Junto a estos gravámenes se ha establecido también el llamado impuesto a las grandes fortunas, oficialmente «impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas», que al configurarse como una tributación especial en el impuesto sobre el patrimonio, de la que puede deducirse el impuesto pagado previamente, parece ir dirigido efectivamente contra determinadas comunidades autónomas que tienen ciertas bonificaciones o exenciones en este impuesto y por tanto no tienen tributación previa efectiva en muchos casos. Todo ello ha suscitado una gran polémica, cuya resolución está también pendiente de alcanzarse.

Junto a ellos se incorporan más formas tributarias nuevas, como el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, figura totalmente novedosa, no solo en España sino en todo el marco europeo, creada por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que entra en vigor en 2023. Junto a este impuesto especial sobre los plásticos se introduce también un nuevo impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Es, por tanto, la tributación medioambiental y energética la que domina el panorama tributario en este 2023, aunque ello no supone la paralización de novedades y reformas en el resto de impuestos tradicionales.

Así, en materia del impuesto sobre sociedades (IS), destacamos el establecimiento de la tributación mínima del 15 %, que, aunque se introdujo para el ejercicio 2022, será en este 2023 cuando será puesta en práctica con carácter general. Junto a ello se produjo igualmente la modificación del régimen especial de entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas, reduciendo significativamente los beneficios fiscales de este régimen.

En materia del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) debemos destacar, sin duda, la nueva y compleja regulación de las aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones y otros instrumentos), que se dirige a fomentar el uso de los planes de empleo, incluso de promoción pública, en detrimento de los planes individuales, y que suma en 2023 la tercera modificación del sistema en tres años.

En materia del impuesto sobre el valor añadido (IVA) destacamos el establecimiento de un tipo 0 % de gravamen para las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos a las entidades sin fines lucrativos de la Ley 49/2002, destinadas por las mismas a sus fines de interés general, de acuerdo con el artículo 91 de la Ley del IVA.

Además, utilizando la ya tradicional, pero no por ello menos criticable, técnica legislativa del real decreto-ley en materia tributaria, se han introducido diferentes modificaciones en diversas normas de este rango, como en el Real Decreto-Ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad o en el Real Decreto-Ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

A todo ello se suman las cada vez más frecuentes modificaciones introducidas por la Ley de presupuestos generales del Estado, olvidándose poco a poco la asentada limitación que tiene esta ley para establecer novedades tributarias. Así, por ejemplo, en materia de IRPF, se aumentan los tipos de gravamen en la base imponible del ahorro, se modifica el límite de la obligación de declarar, se incrementa el porcentaje de gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada y se incorpora un inquietante límite temporal de 10 años para aplicar el porcentaje del 1,1 % en la imputación de rentas inmobiliarias por revisión de valores catastrales, se amplía la deducción por maternidad, se introducen algunas novedades en módulos, en materia de retenciones, o por residencia habitual en la isla de La Palma. Muchas de estas modificaciones y novedades hubieran exigido quizás una regulación fuera de la Ley de presupuestos. Diversas modificaciones menores de distinto tipo se han incorporado igualmente en el impuesto sobre sociedades, pero más trascendencia pueden tener las relativas al IVA, como la modificación del alcance subjetivo de la regla especial de localización por el uso efectivo en el territorio de aplicación del impuesto, la modificación de los supuestos de inversión del sujeto pasivo, o la modificación de la base imponible en el caso de créditos incobrables. Y, junto a las novedades en estos grandes impuestos, establece la Ley de presupuestos diferentes medidas en otros tributos o en materia de Ley general tributaria y procedimientos.

Y finalmente, deben siempre revisarse las normas que aprueban las comunidades autónomas en el marco de sus competencias tributarias, que afectan a sus propios tributos, pero también y con mayor trascendencia a los tributos cedidos (ISD, ITP y AJD, IP, o incluso el mismo IRPF).

Con todo ello de fondo, preparamos una obra que compendie, resuma y presente actualizada la regulación legal tributaria en España para 2023. Es por ello que esta Guía fiscal 2023, que tradicionalmente prepara el Centro de Estudios Financieros, CEF.-, pretende exponer, aclarar y sistematizar toda la normativa y regulación tributaria vigente para el ejercicio 2023, además de resumir brevemente las más importantes modificaciones introducidas para este año, con el fin de ayudar a conocer los impuestos, tan presentes en todos los aspectos de nuestra vida económica y jurídica, que nos permitirán tomar decisiones profesionales y personales, y valorar adecuadamente las distintas posibilidades que se ofrecen a los ciudadanos.

Con este objetivo, la presente obra realiza una introducción al sistema tributario en España para presentar la compleja estructura tributaria que afecta a nuestro país y los conceptos generales del derecho tributario, para pasar a continuación a resumir los aspectos más destacados de los principales impuestos, de recaudación estatal, autonómica y local, y terminar con las posibilidades de recurso y reclamación contra los actos de la administración tributaria que, en su objetivo recaudatorio, se excedan en la aplicación de la ley.

En cualquier caso, el elenco de reformas que se añaden a cada uno de los impuestos más importantes habidas para 2023 aparecen resumidas en cada capítulo, en aquellos temas en los que las modificaciones son suficientemente significativas para realizar una presentación individualizada de las mismas. En otro caso, las novedades que sean aplicables para 2023 se reflejarán en el propio desarrollo de cada tema.

Teniendo presente todo ello, presentamos esta Guía fiscal 2023, en 12 capítulos, que actualiza el tratamiento de los distintos impuestos, resume las novedades más importantes aplicables a cada figura impositiva para este año 2023 y ayuda a difundir de forma práctica los aspectos más relevantes de nuestro sistema tributario, agradeciendo su fidelidad a todos los lectores y usuarios que año a año depositan su confianza en el equipo profesional y humano que conforma el CEF.-

Finalmente, quiero manifestar también mi agradecimiento a todos los autores de esta guía fiscal que un año más logran que la tributación sea un poco más fácil de comprender para el ciudadano.

Roque de las Heras
Presidente de Honor del CEF.-