Exención en el IP de la transmisión lucrativa de participaciones en una empresa familiar: cálculo del requisito de remuneración superior al 50% de los rendimientos del trabajo y de actividades empresariales y profesionales

La existencia de ganancia de patrimonio en el donante a efectos del IRPF depende de que la donación pueda beneficiarse de la reducción del 95 por 100 de la base imponible prevista en el art. 20.6 de la Ley 29/1987 (Ley ISD); lo que, a su vez, depende de que tales participaciones estén exentas del Impuesto sobre el Patrimonio. Y para que una participación en una entidad esté exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio es preciso, entre otros requisitos, que lo que perciba por ello represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos del trabajo y de actividades económicas. Pues bien, a efectos de este requisito, se debe comparar la remuneración percibida con la suma algebraica de la totalidad de los rendimientos netos reducidos del trabajo y de actividades empresariales y profesionales.

(TEAC, de 11-07-2017, RG 2275/2013)