Imputación en el IS por el criterio de caja de ayudas públicas que tardan en cobrarse

La Audiencia Nacional afirma que no se puede denegar la aplicación del criterio de imputación temporal de caja en el IS a las ayudas públicas cuyo cobro se demora en exceso (unos 11 meses) porque si se siguiera el principio general del devengo, dado el retraso considerable en su cobro, se distorsionaría la imagen fiel que debe reflejar su registro contable. Corrige a la Administración que negó la aplicación amparándose en que no se advertían motivos suficientes para desvirtuar el principio del devengo, pues entiende que las circunstancias concurrentes justifican la excepcionalidad de la situación y que, como opinaron el auditor y una asociación de centros especiales a la que pertenecía la entidad, el mejor reflejo de la imagen fiel aconseja adoptar el criterio de caja.

(Audiencia Nacional, de 29 de noviembre de 2016, recurso nº 4/2015)