Las prestaciones de asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud no se consignan en la declaración de operaciones con terceros, modelo 347

El régimen jurídico diferente del de las subvenciones, ayudas y auxilios públicos que le otorga a este tipo de prestaciones su fundamento constitucional y su normativa reguladora supone que queden al margen de esta declaración prestaciones como el reintegro de gastos de productos farmacéuticos o de ortoprótesis, ayudas por desplazamiento y estancia, adquisiciones de medicamentos no autorizados en España –esto con matices-, la facturación por los Colegios Farmacéuticos de las recetas dispensadas a las oficinas de farmacia de su ámbito o la compensación económica por gastos de electricidad en tratamiento de oxigenoterapia domiciliaria con concentradores.

(DGT, de 04-04-2017, V0838/2017)