Tributación del seguro de capital diferido a prima única

Al haberse efectuado el pago de los legados en metálico de la herencia, con cargo al seguro de capital diferido a prima única, se produjo una donación por importe de cada uno de los legados así satisfechos. Los contratos de seguro de capital diferido a prima única son una especie de seguro de ahorro por el que la entidad aseguradora se obliga, mediante el cobro de una prima única efectuada a la firma de la póliza, a entregar el capital pactado al beneficiario si el asegurado vive al vencimiento del contrato, o al reembolso al tomador de la prima percibida si el asegurado muere antes del vencimiento indicado. En cuanto a su tributación por el Impuesto sobre Sucesiones, debe, pues, tenerse en cuenta que no se trata de unos verdaderos seguros, sino de unos depósitos o préstamos bancarios que han de integrarse en la masa hereditaria, para su liquidación conforme corresponda entre los herederos del causante y de conformidad con el testamento del mismo.

(Tribunal Superior de Justicia de Andalucía [Sede en Granada], de 11 de abril de 2017, recurso nº 1330/2012)