Los servicios a particulares como acompañamiento al médico se clasifican en el Epígrafe 979.9 o en el Grupo 899 del IAE en función del carácter empresarial o profesional de la actividad 

La prestación de servicios a particulares como acompañamiento al médico, llevar niños al colegio, búsqueda de profesionales, etc., es una actividad que no se halla  especificada en las Tarifas del IAE, por lo que conforme a lo establecido en la regla 8.ª de la Instrucción procederá el alta  en las siguientes rúbricas:  La prestación de servicios a particulares consistentes en acompañamiento al médico, llevar a los niños al colegio, buscar profesionales para realizar trabajos de fontanería, carpintería, etc.; recoger entradas para un espectáculo, buscar un viaje, sin que ello conlleve la organización del mismo, se clasifica en el Grupo 899 de la Secc. 2.ª, “Otros profesionales relacionados con los servicios a que se refiere esta división”, si dicha actividad se realiza como profesional, y en el Epígrafe 979.9 de la Secc. 1.ª, “Otros servicios personales n.c.o.p.”, cuando dicha actividad se preste con carácter empresarial. 

(DGT, de 23-03-2017, V0741/2017)