Cómo tributa la transmisión de participaciones sociales cuando forman parte de la masa activa del concursado

Como supuesto de alteración en la composición de un patrimonio que da lugar a una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, se incluye la venta de participaciones sociales aún cuando se produzca en el ámbito de un procedimiento concursal, es decir, cuando dichas participaciones forman parte de la masa activa del concursado. La ganancia o pérdida patrimonial vendría dada por la diferencia entre el valor de adquisición y transmisión, y se integraría en la base imponible del ahorro, al derivar de una transmisión.

En el caso de obtenerse una ganancia patrimonial por la transmisión de dichas participaciones, su tributación no se vería alterada por el hecho de que el importe obtenido en la transmisión se destine al pago de acreedores con crédito reconocido en el procedimiento concursal.

(DGT, de 18-04-2017, V0958/2017)