Imputación temporal de ingresos y gastos

Análisis de las SSAN de 26 de enero de 2022, rec. núm. 485/2019, y de 4 de febrero de 2022, rec. núm. 322/2019

Las dos sentencias que se comentan abordan supuestos de imputación temporal de ingresos y gastos. La regla principal es el devengo. Junto a ella, la de inscripción contable del gasto, así como la de correlación de ingresos y gastos configuran el armazón de la imputación temporal.
Estas reglas, tradicionales del impuesto sobre sociedades, reafirmadas y sistematizadas por la Ley 43/1995 y continuadas por el texto refundido de 2004 (RDleg. 4/2004), han recalado actualmente, con ligeras modificaciones, en la Ley 27/2014.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de la Hacienda del Estado (jubilado)

Sumario

1. Supuestos de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. Asunción fiscal del principio contable del devengo
3.2. Incorrección en la aplicación del principio del devengo

3.2.1. El escenario bajo la práctica del asiento corrector del error contable
3.2.2. El escenario bajo la ausencia de la práctica del asiento corrector del error contable

3.3. Incidencia de la correlación entre ingresos y gastos

3.3.1. La función de la correlación entre ingresos y gastos
3.3.2. La correlación de ingresos y gastos y la contabilización del gasto

3.4. La función del principio de regularización íntegra

Referencia bibliográfica

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 475 (octubre 2022)