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FACTURAS SIN ESTAR DE ALTA AUTONOMA

Hola buenos dias Soy una trabajadora por cuenta ajena ( ahora mismo en el paro) que en mis horas libres realizo unos trabajos por internet por los cuales me hacen emitir unas facturas .Mi duda es, al no ser autónoma si puedo realizar dicha factura.Deberia darme de alta si la cuantia total anual hasta ahora cobrada no supera los 3000€? Tampoco sabría cual es la cuantia total anual que hacienda no te pide declarar por facturas cobradas como persona fisica, en el caso de que pueda realizarla, cómo he de declararla si a través del Mod. 347 o bien a través del IRPF. Agradecería vuesta ayuda, ya que dada mi profesión, desconozco por completo asuntos fiscales.¿Que deberia hacer? Un saludo y gracias de antemano

Hola, soy una trabajadora por cuenta ajena. La entidad que me contrata imparte una serie de cursos de fpo. Para uno de ellos me ha solicitado que sea la monitora. Para la justificación del mismo es necesario que les emita facturas por una cantidad que al final del curso ascenderá a 14560 € (el curso tiene una duración de 586 y yo voy a dar 416). Mi pregunta es si es necesario estar dada de alta en el régimen de autónomos.

Hola,
Mi consulta va relacionada con todo lo aqui expuesto. Mi madre actualmente no trabaja, ni cobra paro, pero cobra una pensión de viudedad (media-baja). Una oficina de desarrollo rural a solicitado le ha solicitado una serie de trabajos, pero ellos necesitan facturas para poder pagarle. Concretamente ella actuaría como profesora o educadora puntualmente en dos ocasiones (cursos formativos), y el total a facturar serian unos 4 mil euros aprox.
¿tendría que darse de alta como autonoma?
¿y en IAE? ¿cuales serían los datos que han de aparecer en la factura? ¿cuales son sus obligaciones? ¿que repercusiones tendría esta actividad puntual de cara a su declaración de la renta?
Muchisimas gracias por vuestras aportaciones....son de gran ayuda.

Y una duda más sobre este mismo tema, es si tendría alguna implicación la actividad sobre la pensión de viudedad o no...

Amigos, una duda más relacionada con este hilo.

Aclarado que al tratarse de una actividad esporádica y puntual una persona física no autónoma (en mi caso trabajador por cuenta ajena) puede emitir factura, ¿con qué fiscalidad se haría esa factura? ¿+16% IVA? ¿-15% IRPF?

Muchas gracias y un saludo a todos.