En torno a la inconstitucionalidad del impuesto catalán sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas

Análisis de la STC 94/2017, de 6 de julio

En la sentencia comentada se declara inconstitucional un impuesto propio aprobado por el Parlamento de Cataluña que gravaba la provisión de contenidos digitales por internet. A juicio de la mayoría de miembros del TC, se trata de un impuesto que vulnera la prohibición de solapamiento de hechos imponibles de tributos autonómicos y estatales establecida en el artículo 6.2 de la LOFCA por superponerse con un impuesto estatal (IVA). Ello no obstante, casi la mitad de miembros del Alto Tribunal sostiene precisamente la postura contraria, esto es, que se trataba de un impuesto perfectamente constitucional al no poderse comparar con el tributo estatal referido. En opinión de quien escribe estas líneas, la doctrina mayoritaria del TC es incorrecta por haberse considerado equiparables un impuesto general sobre ventas (IVA) y un impuesto especial sobre la venta de determinados productos de consumo. Si quería haberse declarado inconstitucional el impuesto catalán debería haberse enfocado el análisis jurídico en otros términos: bien considerar, por un lado, si podría vulnerarse la igualdad tributaria (art. 31.1 CE) por gravar más intensamente una actividad (provisión de contenidos digitales) sin una justificación objetiva y razonable suficiente que explique la existencia de tal impuesto; o bien entender que se había producido un solapamiento no ya con el IVA sino con la aportación que han de realizar para financiar la corporación de Radio Televisión Española los operadores de telecomunicaciones de ámbito geográfico estatal o superior al de una comunidad autónoma (art. 5 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la corporación de Radio y Televisión Española), entre los que se encuentran los proveedores de acceso a internet.

Manuel Lucas Durán
Profesor titular de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Alcalá (Madrid)

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

3.1. Oportunidad del fallo del TC: Consideraciones jurídicas
3.2. Consecuencias jurídicas de la nulidad del impuesto catalán

4. Consideraciones finales

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 420 (marzo 2018)