La AEAT establece sistemas y procedimientos de identificación para poder realizar a través del canal telefónico los trámites y actuaciones que así lo requieran
Enviado por Editorial el Mar, 22/12/2020 - 08:57A través del canal telefónico se podrán realizar los trámites y actuaciones que en cada momento y para cada colectivo de ciudadanos consten relacionados en la sede electrónica de la AEAT, mediante los sistemas y procedimientos de identificación establecidos.
La Resolución de 15 de diciembre de 2020, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 22 de diciembre), con entrada en vigor el 23 de diciembre, habilita trámites y actuaciones a través del canal telefónico y describe sucintamente el procedimiento para acceder al mismo, en función de los sistemas de identificación que utilice el ciudadano de entre los previstos en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban sistemas de identificación y autenticación distintos de la firma electrónica avanzada para relacionarse electrónicamente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.