Cambios en los modelos de autoliquidación 490 y 604 de los Impuestos sobre Determinados Servicios Digitales y sobre las Transacciones Financieras

IDSD e ITF: nuevos modelos 490 y 604. Imagen de los modelos superpuestos

Aprobación de nuevos modelos 490 y 604 para incluir la concertación de estos impuestos con el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra.

La Ordenes HFP/307/2023, de 28 de marzo y HFP/308/2023, de 28 de marzo (BOE de 31 de marzo y en vigor, respectivamente, el 1 de abril y el 1 de septiembre) modifican, respectivamente la Orden HAC/590/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 490 de "Autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales" y determina la forma y procedimiento para su presentación y la Orden HAC/510/2021, de 26 de mayo, por la que se aprueba el modelo 604 "Impuesto sobre las Transacciones Financieras. Autoliquidación" y determinan la forma y procedimiento para su presentación.

En ambas normas la modificación consiste en aprobar nuevos modelos de autoliquidación 490 (Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales -Tasa Google-) y 604 (Impuesto sobre las Transacciones Financieras) que incluye la concertación de los referidos impuestos con el Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra, ya que la Ley 22/2022, de 19 de octubre, incorporó en la Ley 28/1990, de 26 de diciembre (Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra) la concertación de estos impuestos.

El nuevo modelo de autoliquidación 490, será aplicable con efectos para las autoliquidaciones correspondientes al primer trimestre de 2023, cuyo plazo de presentación se inicie el 1 de abril de 2023, y sustituye al modelo de autoliquidación aprobado en la Orden HFP/480/2022, de 23 de mayo, que reemplazaba al modelo de autoliquidación aprobado inicialmente mediante la Orden HAC/590/2021, de 9 de junio.

El nuevo modelo de autoliquidación 604 será aplicable por primera vez a las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de septiembre de 2023.

Temas relacionados: