- NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS F脥SICAS DURANTE 2009: REFERENCIA A LOS CAMBIOS NORMATIVOS, JURISPRUDENCIALES Y DOCTRINALES
- EL PAQUETE IVA Y OTRAS NOVEDADES NORMATIVAS, JURISPRUDENCIALES Y DOCTRINALES EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR A脩ADIDO
- MODIFICACIONES EN LA REGULACI脫N GENERAL DE LOS IMPUESTOS CEDIDOS PARA 2010
- A PROP脫SITO DE LA ANTICIPADA ENTRADA EN VIGOR EL 19 DE DICIEMBRE DE 2003 DE LA DISPOSICI脫N TRANSITORIA CUARTA.2, DE LA LEY 58/2003, DE 17 DE DICIEMBRE, GENERAL TRIBUTARIA
- LA RESERVA DE LEY TRIBUTARIA COMO DERECHO FUNDAMENTAL
Novedades Legislativas - Enero 2010
(Novedades normativas publicadas en el mes de diciembre de 2009):
- Ley 22/2009, de 18 de diciembre, del nuevo sistema de financiaci贸n de las Comunidades Aut贸nomas.
- Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
- Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y fomento del empleo.
- Real Decreto 2004/2009, de 23 de diciembre, que modifica el Reglamento del IRPF y el Reglamento General de Gesti贸n e Inspecci贸n.
Otras normas:
- Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, que regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente.
- Resoluci贸n de 23 de diciembre de 2009, de la DGT, sobre interpretaci贸n de las directivas del IVA.
- Convenio聽para evitar la doble imposici贸n entre Espa帽a y Trinidad y Tobago, de 17 de febrero de 2009.
- Orden EHA/3476/2009, de 17 de diciembre, de precios medios de venta de veh铆culos.
- Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre, que modifica el PGC.
- Leyes de Medidas y Presupuestos para 2010, de las distintas Comunidades Aut贸nomas.
La Ley 22/2009, de 18 de diciembre (BOE de 19 de diciembre), regula un nuevo sistema de financiaci贸n de las Comunidades Aut贸nomas de r茅gimen com煤n y Ciudades con Estatuto de Autonom铆a, dedic谩ndose el t铆tulo III de la misma, a regular la cesi贸n de tributos del Estado a las Comunidades Aut贸nomas cuyas principales novedades consisten en un aumento de la cesi贸n del rendimiento en los principales impuestos cedidos (IRPF, IVA e II.EE de Fabricaci贸n) y en las competencias de las Comunidades Aut贸nomas respecto del IRPF (ampliaci贸n de las facultades de las Comunidades Aut贸nomas para regular la escala auton贸mica aplicable a la base liquidable y tambi茅n el tramo auton贸mico de la deducci贸n por inversi贸n en vivienda habitual, permisibilidad de que tambi茅n puedan establecer deducciones auton贸micas por subvenci贸n o ayudas p煤blicas en determinadas condiciones y, novedosamente, se posibilita que aprueben incrementos o disminuciones en las cuant铆as del m铆nimo personal y familar). Asimismo, introduce la posibilidad de que las Comunidades Aut贸nomas asuman, por delegaci贸n del Estado, la competencia para la revisi贸n de los actos por ellas dictados.
La Ley 26/2009, de 23 de diciembre (BOE de 24 de diciembre), aprueba los Presupuestos Generales del Estado para el a帽o 2010 y las principales novedades son:
- En materia de IRPF, adem谩s de las reiterativas respecto de a帽os anteriores (coeficientes de actualizaci贸n del valor de adquisici贸n, reducci贸n por obtenci贸n de rendimientos del trabajo y de determinados rendimientos de actividades econ贸micas, m铆nimos personales y familiares, compensaciones fiscales....) distinguimos entre:
1. Medidas con efectos desde el 1 de enero de 2007: las rentas positivas relativas a la percepci贸n de ayudas de la pol铆tica agraria comunitaria, por el abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y de la ca帽a de az煤car, no se integran en la base imponible del Impuesto.
2. Medidas con efectos desde el 1 de enero de 2009: se crea una reducci贸n del rendimiento neto de las actividades econ贸micas por mantenimiento o creaci贸n de empleo del 20 por ciento, siempre que se cumplan determinados requisitos (importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros, plantilla media inferior a 25 empleados y creaci贸n y mantenimiento de empleo
3. Medidas con efectos 1 de enero de 2010:
- Se suprime la deducci贸n de hasta 400 euros por obtenci贸n de rendimientos del trabajo o de actividades econ贸micas para contribuyentes cuya base imponible sea superior a 12.000 euros anuales;
- Se eleva de 12.020 a 15.500 euros el l铆mite de la exenci贸n por las prestaciones por desempleo percibidas en su modalidad de pago 煤nico.
- Se eleva el gravamen para la base del ahorro, estableciendo nuevos tipos en funci贸n de la siguiente escala:
Hasta 6.000 euros: 19%
Desde 6.001,01 euros en adelante: 21 %- Se regulan los porcentajes de reparto de la escala del ahorro entre el Estado y la Comunidad Aut贸noma.
- En materia de retenciones, se eleva al 19 por ciento el tipo de retenci贸n para los rendimientos de capital mobiliario, para las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversi贸n colectiva, para los premios, para los arrendamientos y subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos y para los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestaci贸n de asistencia t茅cnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores.
- Respecto a la deducci贸n por inversi贸n en vivienda habitual, se confirma (en una disposici贸n adicional) la aplicaci贸n durante 2010 de la normativa actualmente en vigor.
- Por lo que tiene que ver con el r茅gimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio espa帽ol se establece un l铆mite de 600.000 euros anuales para las retribuciones previsibles derivadas del contrato de trabajo del contribuyente que en su caso quiera optar por la aplicaci贸n del mismo. No obstante, este l铆mite no resultar谩 aplicable a quienes ya residieran en territorio espa帽ol a 31 de diciembre de 2009.
- Se regula el plazo de publicaci贸n de la Orden de desarrollo del m茅todo de estimaci贸n objetiva para el a帽o 2010.
- En el IRNR, se fija con efectos desde 1 de enero de 2010, el tipo del 19 por ciento para la imposici贸n complementaria y para el gravamen de dividendos y otros rendimientos derivados de la participaci贸n en los fondos propios de una entidad y para el gravamen de intereses y otros rendimientos obtenidos por la cesi贸n a terceros de capitales propios.
- Por lo que se refiere al IS, adem谩s de las reiterativas de a帽os anteriores (actualizaci贸n de los coeficientes de correcci贸n monetaria aplicables a las transmisiones de activos inmobiliarios y forma de determinar los pagos fraccionados), se eleva, con efectos para los per铆odos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2010, del 18 al 19 por ciento, el tipo de retenci贸n general y se crea, para los per铆odos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009, un tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creaci贸n de empleo del 20 por ciento por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros y del 25 por ciento por el resto de la base imponible, siempre que se cumplan determinados requisitos (importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros, plantilla media inferior a 25 empleados y creaci贸n y mantenimiento de empleo). Por 煤ltimo, al igual que en el IRPF, con efectos para los per铆odos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007, no se integran en la base imponible del impuesto las rentas positivas relativas a la percepci贸n de ayudas de la pol铆tica agraria comunitaria, por el abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y de la ca帽a de az煤car.
- En materia de IVA se elevan, con efectos 1 de julio de 2010, los tipos impositivos general y reducido (no superreducido, que se mantiene igual), pasando del 16 y 7 por ciento al 18 y 8 por ciento, respectivamente. Como consecuencia de esta modificaci贸n, tambi茅n se incorpora un cambio en los porcentajes de compensaci贸n aplicables en el r茅gimen especial de la agricultura, ganader铆a y pesca, que se elevan al 10 y 8,5 por ciento (frente al 9 y 7,5 por ciento actual). Se regula el plazo de publicaci贸n de la Orden de desarrollo del r茅gimen simplificado del impuesto, para el a帽o 2010.
- En el ITP y AJD, se actualiza exclusivamente la tarifa por transmisi贸n y rehabilitaci贸n de Grandezas y T铆tulos Nobiliarios.
- Por lo que respecta a los Impuestos Especiales, concretamente en relaci贸n al Impuesto sobre Hidrocarburos, se incorpora dentro de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, la regulaci贸n de la devoluci贸n parcial por el gas贸leo empleado en la agricultura y ganader铆a.
- En materia de Impuestos Locales, se actualizan todos los valores catastrales de los bienes inmuebles mediante la aplicaci贸n del coeficiente 1,01.
- Por lo que se refiere a las tasas de la Hacienda estatal, se actualizan los tipos de cuant铆a excepto las tasas creadas o actualizadas por normas dictadas en 2009.
- En relaci贸n con la LGT, se fijan el inter茅s de demora (5%) y el inter茅s legal del dinero (4%).
- Finalmente se establecen las actividades prioritarias de mecenazgo.
La Ley 27/2009, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre) de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protecci贸n de las personas desempleadas, contiene dispersa en su articulado una modificaci贸n de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas F铆sicas, concretamente, modifica la letra e) del art铆culo 7 (exenci贸n de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador), para asimilar el importe exento de indemnizaci贸n en los despidos por expedientes de regulaci贸n de empleo (ERES) al correspondiente a los despidos improcedentes, cuando se cumplan los requisitos legales.
Tambi茅n destacamos el Real Decreto 2004/2009, de 23 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), que modifica el Reglamento del IRPF en materia de pagos a cuenta y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gesti贸n e inspecci贸n tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicaci贸n de los tributos, en materia de obligaciones formales.
- Modificaciones en el Reglamento del IRPF:
飩 Introducci贸n de diversos cambios en el procedimiento general para determinar el importe de la retenci贸n al objeto de tomar en consideraci贸n la supresi贸n gradual de la deducci贸n de 400 euros.
飩 Adaptaci贸n del c谩lculo de los pagos fraccionados a efectuar por empresarios y profesionales al nuevo importe de la deducci贸n por obtenci贸n de rendimientos del trabajo y de actividades econ贸micas. - Modificaciones en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gesti贸n e inspecci贸n:
飩 Ampliaci贸n de la obligaci贸n que recae sobre las entidades intervinientes en la financiaci贸n de bienes inmuebles, de informar a la Administraci贸n tributaria sobre las cantidades percibidas del prestatario tambi茅n en concepto de otros gastos derivados de la financiaci贸n, al margen de los intereses.
飩 Posposici贸n hasta el a帽o 2012, para todos los sujetos pasivos no inscritos en el registro de devoluci贸n mensual del IVA o del IGIC, de la entrada en vigor de la obligaci贸n de presentar electr贸nicamente la informaci贸n de los libros registros de dichos impuestos contenida en su art铆culo 36.
飩 Modificaci贸n en la obligaci贸n de informar acerca de pr茅stamos y cr茅ditos que vincula a las entidades que se dedican al tr谩fico bancario o crediticio, de forma que s贸lo tendr谩n que informar, para el a帽o 2009, respecto de los saldos a que se refiere dicha obligaci贸n cuando su cuant铆a sea superior a 6.000 euros. - Por 煤ltimo, se帽alar que en este Real Decreto tambi茅n se establecen para el a帽o 2010 los nuevos plazos de renuncias y revocaciones al m茅todo de estimaci贸n objetiva del IRPF y a los reg铆menes especiales simplificado y de la agricultura, ganader铆a y pesca del IVA (un mes desde la publicaci贸n en el BOE de la orden de "m贸dulos").
Asimismo, el Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre (BOE de 4 de diciembre), regula nuevamente el Consejo para la Defensa del Contribuyente, derogando su regulaci贸n anterior contenida en el Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, e introduciendo modificaciones en lo que afecta a su esquema organizativo y procedimental para acomodarlo a su nueva realidad jur铆dico-econ贸mica y social.
Igualmente destacamos, la Resoluci贸n de 23 de diciembre de 2009 (BOE de 29 de diciembre), de la Direcci贸n General de Tributos, relativa a la aplicaci贸n e interpretaci贸n de determinadas directivas comunitarias en materia de IVA. Partiendo de la idea de que las directivas son de aplicaci贸n directa y en tanto no se apruebe el Proyecto de Ley, que actualmente se tramita en las Cortes, de transposici贸n de las directivas conocidas con el nombre de "Paquete IVA", esta Resoluci贸n trata de aclarar c贸mo se han de aplicar las normas contenidas en esas directivas a partir del 1 de enero de 2010 y que afectan principalmente a tres aspectos:
1潞. Establecimiento de nuevas reglas de localizaci贸n de las prestaciones de servicios y su incidencia en la inversi贸n del sujeto pasivo.
2潞. Simplificaci贸n del procedimiento de devoluci贸n del Impuesto a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicaci贸n del Impuesto pero establecidos en la Comunidad.
3陋 Cuestiones relativas al devengo de determinadas prestaciones y modificaci贸n del contenido y plazos de presentaci贸n de la declaraci贸n recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349).
Para una mejor comprensi贸n de esta Resoluci贸n, se recomienda utilizar la misma, conjuntamente con el citado Proyecto de Ley por el que se transponen determinadas directivas en el 谩mbito de la imposici贸n indirecta.
En otro orden de asuntos, en el BOE del d铆a 8 de diciembre, se public贸 un nuevo Convenio para evitar la doble imposici贸n y prevenir la evasi贸n fiscal en materia de impuestos sobre la renta, concretamente, con la Rep煤blica de Trinidad y Tobago, hecho en Puerto Espa帽a el 17 de febrero de 2009. El presente Convenio ha entrado en vigor el 28 de diciembre de 2009.
Por 煤ltimo rese帽ar, en cuanto a la legislaci贸n tributaria estatal se refiere, la Orden EHA/3476/2009, de 17 de diciembre (BOE de 26 de diciembre), que aprueba los precios medios de venta aplicables en la gesti贸n del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur铆dicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y dos disposiciones que aprueban modelos de declaraci贸n: Orden EHA/3496/2009, de 17 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), que aprueba el modelo 568 de solicitud de devoluci贸n por reventa y env铆o de medios de transporte fuera del territorio (este modelo ser谩 de aplicaci贸n con efectos desde el 1 de julio de 2010) y la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre (BOE de 31 de diciembre), que aprueba el modelo 181 de declaraci贸n informativa de pr茅stamos y cr茅ditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
En materia contable, destacar el Real Decreto 2003/2009 de 23 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), que aprueba la modificaci贸n del apartado 4 de la disposici贸n transitoria quinta del Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, en virtud de la cual se ampl铆a el plazo de aplicaci贸n de los criterios por los que se establece la delimitaci贸n entre los fondos propios y los fondos ajenos en las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas aprobadas por Orden del Ministerio de Econom铆a ECO/3614/2003 de 16 de diciembre, hasta el 31 de diciembre de 2010.
Dentro de la normativa auton贸mica, destacamos las Leyes de Medidas o de Presupuestos que contienen disposiciones en relaci贸n con los tributos cedidos y que han publicado la mayor铆a de las Comunidades Aut贸nomas, recomend谩ndose una lectura pormenorizada de las mismas y que enumeramos a continuaci贸n:
- Ley 13/2009, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias de la Comunidad Aut贸noma de Arag贸n (BOA de 31 de diciembre de 2009).
- Ley del Principado de Asturias 4/2009, de 29 de diciembre, de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompa帽amiento a los Presupuestos Generales para 2010 (BOPA de 31 de diciembre de 2009).
- LEY 9/2009, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut贸noma de las Illes Balears para el a帽o 2010 (BOIB de 29 de diciembre de 2009).
- LEY 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut贸noma de Canarias para 2010 (BOCA de 31 de diciembre de 2009).
- LEY de Cantabria 6/2009, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero (BOC de 30 de diciembre de 2009).
- LEY 10/2009, de 17 de diciembre, de Medidas Financieras, de la Comunidad Aut贸noma de Castilla y Le贸n (BOCL de 18 de diciembre de 2009).
- LEY 25/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad de Catalu帽a para 2010 (DOGC de 31 de diciembre de 2009).
- LEY 26/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Financieras y Administrativas, de la Comunidad Aut贸noma de Catalu帽a (DOGC de 31 de diciembre de 2009).
- LEY 8/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut贸noma de Extremadura para 2010 (DOE de 30 de diciembre de 2009).
- Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el a帽o 2010, de la Comunidad Aut贸noma de La Rioja (BOR de 23 de diciembre de 2009).
- LEY 10/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de la Comunidad de Madrid (BOCM de 29 de diciembre de 2009).
- Ley 13/2009, de 23 de diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el a帽o 2010, de la Comunidad Aut贸noma de la Regi贸n de Murcia (BORM de 30 de diciembre de 2009).
- LEY 12/2009, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gesti贸n Administrativa y Financiera, y de Organizaci贸n de la Generalitat, de la Comunitat Valenciana (DOCV de 30 de diciembre de 2009).

