El Gobierno prorroga la rebaja del IVA de los alimentos, la limitación del precio de la bombona de butano y el apoyo a La Palma hasta final de año

Rebaja IVA butano Palma. Imagen de una estación de carga de coches
  • Los alimentos de primera necesidad mantendrán un IVA al 0%, lo mismo que ocurrirá con aquellos que fueron rebajados del 10% al 5%, entre los que están pastas y aceites alimenticios
  • El precio máximo de la bombona de butano continuará limitado a lo establecido por la legislación vigente
  • Quienes compren un vehículo eléctrico podrán acceder a una deducción del 15% en el IRPF
  • Los residentes en la isla de La Palma continuarán disfrutando de un aplazamiento de las cuotas de la Seguridad Social junto a otras medidas fiscales
  • Otras medidas prorrogadas serán la bonificación del 30% en los abonos transporte y las destinadas a transportistas
El Consejo  de  Ministros  ha  aprobado  el  Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea,  en  el  que  se  extienden  hasta  el  31  de  diciembre  de  2023  varias medidas que empezaron a aplicarse a mediados de 2022 con el fin de abaratar el coste de la vida y reforzar la lucha contra la inflación.

Este paquete de medidas moviliza 3.800 millones de euros adicionales, entre reducciones de impuestos, ayudas directas y bonificaciones. Por lo que lo que se ponen a disposición recursos por 8.900 millones de euros en la segunda parte del año. En total, para responder a la guerra de Ucrania y sus consecuencias se han movilizado más de 47.000 millones de euros.

Algunas de estas medidas, que han contribuido a reducir la factura de gastos habituales de los hogares, están encuadradas en la estrategia del Gobierno de hacer compatible el desarrollo de la vida cotidiana con la lucha contra la crisis climática y mitigar las tensiones generadas por la invasión ilegal de Rusia en territorio ucraniano.

Por eso, se mantienen la mayor parte de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre. Entre las que se encuentran, además de las rebajas de IVA al precio final de los alimentos o la limitación del coste final de la bombona de butano, las bonificaciones a los abonos transporte de las comunidades autónomas o las ayudas a los transportistas.

El Real Decreto-ley no recoge otras decisiones que ya aparecían en el aprobado a finales de 2022, como las rebajas de IVA en la luz y el gas o la suspensión del Impuesto Especial sobre la electricidad, por estar ya previsto en la norma que su aplicación estaría vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

REBAJAS DE IVA

Para seguir contribuyendo a que los ciudadanos afronten de mejor manera el coste de la cesta de la compra, se mantienen las rebajas de IVA del 4% al 0% en los productos de primera necesidad y del 10% al 5% en otros productos básicos. Dos rebajas impositivas que se han mostrado eficaces en la lucha contra la inflación, tal y como atestiguan las sucesivas caídas de la misma en lo que va año.

En el caso del IVA que pasa del 4% al 0%, los productos de primera necesidad afectados seguirán siendo:

  • El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Los quesos.
  • Los huevos.
  • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

El listado de los que mantendrán esa rebaja del 10% al 5% de IVA también se mantendrá inalterable. Por lo que las pastas alimenticias y los aceites, incluido el de oliva, seguirán bajo ese tipo impositivo. Algo que, como ya ocurre, se extenderá a todos los productos alimenticios que contaran con ese gravamen inicial.

Todas estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre.

Con esta prórroga para el segundo semestre de 2023, el ahorro para las familias tanto por los productos que pasarán del 4% al 0% como por lo que cambien del 10% al 5% sería de 661 millones, como ya ocurrió en el del primer semestre del año. Es decir, los hogares se ahorrarán 1.320 millones en este ejercicio por la rebaja del IVA. Por lo que se persevera en poner el foco en los productos más utilizados a diario por la ciudadanía.

ENERGÍA

El Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros contempla la prórroga de la limitación del precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo envasados. Este es el ámbito en el que está contemplada la bombona de butano, cuyo precio máximo se limitó en junio de 2022 en 19,55 euros. Este precio final para el consumidor, que está regulado y se revisa bimestralmente, no podrá superar esa cifra. En la actualidad, gracias a la relajación de los mercados internacionales, la bombona cuesta 15,96 euros.

Además, como ya se estableció en el Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre, en este segundo semestre se mantienen las rebajas fiscales en el ámbito energético que se llevan aplicando desde mediados de 2022. Una serie de políticas determinantes para reducir el coste de electricidad o gas natural. Todas ellas han resultado efectivas frente al incremento que la guerra ha provocado en el coste de la electricidad o el gas natural.

Todas estas rebajas tributarias continuarán reduciendo la factura de 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas, que son la práctica totalidad de hogares del país, y que se beneficiarán de ello.

Con esta nueva prórroga, y desde el comienzo de la crisis de precios energéticos en 2021, el Gobierno ha aplicado rebajas de impuestos en materia de energía por valor total de 21.522 millones de euros: 11.274 hasta final de 2022, y 10.248 para 2023. Unas medidas destinadas a rebajar la factura de los hogares y que han ayudado a que España sea el país líder en la rebaja de la inflación en Europa.

Hay que recordar que este efecto recaudatorio afectará tanto a la Administración General del Estado como a las Administraciones Territoriales. Varias de las medidas tienen incidencia en las recaudaciones del IVA y del Impuesto Especial sobre la Electricidad, cuyos rendimientos se hallan cedidos, parcial o totalmente, a las Comunidades Autónomas.

DEDUCCIONES PARA COMPRA DE VEHÍCULO ELÉCTRICO

El Real-Decreto-ley incluye una deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Esta desgravación que ahora entra en vigor se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta medida será susceptible de ampliarse a diciembre de 2025 cuando se dé el visto bueno a la adenda del Plan de Recuperación que el Consejo de Ministros aprobó a principios de este mes.

Además del pago completo, se admiten otras opciones para acceder a la desgravación. Una de ellas es el abono al vendedor de una cantidad a cuenta para la adquisición del vehículo de al menos el 25%. En este caso, la deducción se llevará a cabo en el periodo en el que se abone esa cantidad de anticipo. La base máxima de la deducción será de 20.000 euros, cifra constituida por la adquisición, gastos y tributos inherentes a una compra de ese tipo.

Como complemento a estas ventajas para la compra del vehículo eléctrico, se fomenta con medidas similares la instalación de puntos de recarga para estos coches. Los particulares podrán acceder a una deducción del 15% en el IRPF si instalan esos puntos enchufables para recargar la batería en un inmueble de su propiedad. El requisito es hacerlo antes del 31 de diciembre de 2024 y que ese sistema no esté vinculado a una actividad económica.

En el caso de empresas y autónomos, se pondrá en marcha una amortización anticipada en el Impuesto de Sociedades (IS) para quienes instalen esos sistemas de recarga de baterías. Esta amortización, que se ejecutará en función de las circunstancias de cada beneficiario, podrá ser disfrutada por quienes instalen esos puntos enchufables en los ejercicios 2023, 2024 o 2025. Una medida que complementa a la amortización ya disponible en IS para la compra de vehículos eléctricos.

PRÓRROGA DE LAS AYUDAS EN LA PALMA

La población de la isla de La Palma seguirá contando con apoyo del Gobierno para superar las consecuencias de la erupción del volcán situado en Cumbre Vieja. Por este motivo, se prorrogan las medidas que expiran este próximo 30 de junio.

Dos de las medidas a prorrogar son las exenciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que se extienden a todo el ejercicio 2023. Estas ventajas fiscales para los residentes en La Palma se comenzaron a aplicar en el año 2021 para dar respuesta a los afectados por la crisis del también conocido como volcán de Tajogaite.

Además, las prestaciones por cese de actividad por motivos relacionados con el volcán para autónomos, las exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y La Bombilla, los ERTE y las ayudas para la reparación de todo lo relacionado con la erupción se prorrogarán hasta el 31 de diciembre de 2023.

Esta prórroga se justifica por la casuística de lo provocado por el volcán. Por un lado, para continuar con el respaldo a quienes tenían sus casas o negocios en las zonas sepultadas por la lava. Por otro, para que los trabajadores, autónomos o empresarios que hayan visto afectada su actividad cuenten con respaldo del Estado para retomar su vida laboral con las mayores garantías dadas las dificultades que afrontan.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública (28/06/2023)